Decreto núm. 3, publicado el 19 de Febrero de 2016. OTORGA A EMPRESA INTERCHILE S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUB TRAMO 4.5 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA 'LÍNEA PAN DE AZÚCAR - POLPAICO 2x500 kV TRAMO 4' EN LA REGIÓN DE VALPARAÍSO, PROVINCIA DE PETORCA, COMUNAS DE PAPUDO Y ZAPALLAR - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 593898922

Decreto núm. 3, publicado el 19 de Febrero de 2016. OTORGA A EMPRESA INTERCHILE S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUB TRAMO 4.5 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA 'LÍNEA PAN DE AZÚCAR - POLPAICO 2x500 kV TRAMO 4' EN LA REGIÓN DE VALPARAÍSO, PROVINCIA DE PETORCA, COMUNAS DE PAPUDO Y ZAPALLAR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

OTORGA A EMPRESA INTERCHILE S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUB TRAMO 4.5 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA "LÍNEA PAN DE AZÚCAR - POLPAICO 2x500 kV TRAMO 4" EN LA REGIÓN DE VALPARAÍSO, PROVINCIA DE PETORCA, COMUNAS DE PAPUDO Y ZAPALLAR

Núm. 3.- Santiago, 18 de enero de 2016.

Vistos:

Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. Nº 17289, ACC 1255436, DOC 1050529, de 21 de diciembre de 2015; lo dispuesto en los artículos 11 y 29 del decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e indistintamente "Ley General de Servicios Eléctricos" y sus modificaciones posteriores; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la Ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la resolución Nº 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en su oficio Ord. Nº 17289, ACC 1255436, DOC 1050529, de 21 de diciembre de 2015, el que pasa a formar parte del presente acto administrativo, y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 19 y 41 de la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

  2. Que las resoluciones exentas Nº 7.869, de fecha 2 de abril de 2015 y Nº 9.728, de fecha 18 de agosto de 2015, ambas de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, acogieron la petición de división de la concesión eléctrica definitiva para el proyecto denominado "Línea Pan de Azúcar - Polpaico 2x500 kV Tramo 4", presentada por Interchile S.A., con fecha 2 de mayo de 2014.

  3. Que la aceptación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, señalada en el considerando anterior, se efectuó de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 29º de la Ley General de Servicios Eléctricos, dividiéndose materialmente la concesión solicitada en diversos sub tramos, correspondiendo el presente acto administrativo al sub tramo 4.5.

Decreto:

Artículo 1º

Otórgase a Interchile S.A., concesión definitiva para establecer el sub tramo 4.5 de la línea de transmisión de energía eléctrica denominada "Línea Pan de Azúcar - Polpaico...

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