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Decreto núm. 295 EXENTO, publicado el 05 de Abril de 2016. AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA 'HELPAGE INTERNATIONAL' PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA "HELPAGE INTERNATIONAL" PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN EL PAÍS

Santiago, 25 de enero de 2016.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 295 exento.

Vistos:

Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 34 del decreto supremo de Justicia N° 110, de 1979; en el decreto supremo de Justicia N° 924, de 1981, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por orden del Presidente de la República"; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y lo informado por el Consejo de Defensa del Estado,

Decreto:

  1. - Autorízase a la entidad denominada "Helpage International" con domicilio en 1-6 Tavistock Square, Londres WC1H 9NA, Inglaterra, cuyos antecedentes se encuentran debidamente legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, con fecha 21 de abril de 2015, y protocolizados en la Décima Quinta Notaría de Santiago de don R. Alfredo Martin Illanes, con fecha 4 de agosto del mismo año, bajo los números 551, 552 y 553, Repertorios números 2865, 2866 y 2867, todos de 2015, respectivamente, a fin de que desarrolle actividades en el país, de acuerdo a los objetivos señalados en sus estatutos, siempre que se ajusten a las leyes chilenas y no contraríe las buenas costumbres y el orden público.

  2. - La entidad autorizada por el presente decreto fue constituida, organizada y existe conforme a las leyes de Inglaterra y Gales, según consta del documento expedido por el Conservador de Comercio de Inglaterra y Gales, con fecha 6 de marzo de 2015, debidamente legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, con fecha 21 de abril del mismo año, traducido por dicho Ministerio y protocolizado, bajo el número 552, Repertorio número 2866-2015, con fecha 4 de agosto del mismo periodo, en la Décima Quinta Notaría de Santiago de don R. Alfredo Martin Illanes, que acredita que la entidad solicitante se encuentra legalmente establecida y la autorización está actualmente vigente.

  3. - El término durante el cual desarrollará sus actividades en el país será indefinido, a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

  4. - El domicilio de la citada entidad será calle Alfredo Barros Errázuriz N° 1954, oficina 303-B, comuna de Providencia, Región Metropolitana de...

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