Decreto núm. 29 EXENTO, publicado el 17 de Abril de 2015. AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS QUE INDICA Y EXCEPTÚA DE USO DE DISCO DISTINTIVO ESTATAL A VEHÍCULO DEL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 565868082

Decreto núm. 29 EXENTO, publicado el 17 de Abril de 2015. AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS QUE INDICA Y EXCEPTÚA DE USO DE DISCO DISTINTIVO ESTATAL A VEHÍCULO DEL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS QUE INDICA Y EXCEPTÚA DE USO DE DISCO DISTINTIVO ESTATAL A VEHÍCULO DEL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

Núm. 29 exento.- Santiago, 2 de febrero de 2015.- Vistos: El decreto ley Nº 799, de 1974; el decreto supremo del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Nº 19, de 2001; el oficio circular Nº 26, de los Ministros de Hacienda y de Interior, de 15 de abril de 2003; el oficio Ord. Nº 97, de 8 de enero de 2015, del Consejo de Defensa del Estado; la resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, de 2008, y

Considerando:

Que atendido que el vehículo individualizado en este decreto, será destinado a la Procuraduría Fiscal de Valparaíso y éste tiene por objeto facilitar el cumplimiento de los fines propios y ordinarios del Consejo de Defensa del Estado.

Que en consideración a naturaleza y oportunidad con que deben cumplirse las funciones, resulta necesario disponer de un vehículo de forma permanente para realizar labores en días hábiles como también a circular en días sábados, domingos y festivos.

Que para la efectividad de las labores y seguridad, es aconsejable eximirlo de llevar el disco distintivo legal.

Que por lo antes señalado, se hace necesario autorizar al vehículo que se indicará del Consejo de Defensa del Estado para que pueda mantenerse en circulación los días sábados en la tarde, domingos y festivos, como asimismo pueda circular sin el disco distintivo a que se refiere el DL 799, de 1974, dicto el siguiente

Decreto:

Autorízase la circulación los días sábados en la tarde, domingos y festivos, y exceptúanse de la obligación de llevar pintado el disco distintivo "Estatal", de conformidad a lo señalado en el decreto ley Nº 799, de 1974, al vehículo de dotación del Consejo de Defensa del Estado, que a...

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