Decreto núm. 28, publicado el 21 de Septiembre de 2017. MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'SISTEMA NORTE - SUR' Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM N° 4 - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 701803185

Decreto núm. 28, publicado el 21 de Septiembre de 2017. MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'SISTEMA NORTE - SUR' Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM N° 4

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "SISTEMA NORTE - SUR" Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM N° 4

Núm. 28.- Santiago, 2 de marzo de 2017.

Vistos:

- El DFL N° 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL N° 206, de 1960, Ley de Caminos.

- El decreto supremo MOP N° 900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP N° 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, en particular su artículo 19°.

- El decreto supremo MOP N° 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial su artículo 69°.

- El decreto supremo MOP N° 4.153, de fecha 14 de septiembre de 2000, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Sistema Norte - Sur".

- La resolución DV N° 158, de fecha 14 de febrero de 2014.

- El oficio Ord. N° 10.150/14, de fecha 26 de diciembre de 2014, del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. N° 5, de fecha 22 de enero de 2015, de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito.

- El oficio Ord N° 10412/15, de fecha 16 de abril de 2015, del Insperctor Fiscal.

- La carta D/GGE/CA/15/AA6089-0/MOP, de fecha 21 de abril de 2015, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. N° 10431/15, de fecha 23 de abril de 2015, del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. N° 30, de fecha 23 de abril de 2015, del Jefe de la División de Explotación de Obras Concesionadas.

- La resolución DGOP (exenta) N° 1.905, de fecha 28 de abril de 2015.

- El oficio Ord. N° 10778/15, de fecha 27 de agosto de 2015, del Inspector Fiscal.

- La carta D/GIN/CA/16/AA3666-0/MOP, de fecha 22 de marzo de 2016, de la Sociedad Concesionaria.

- La carta D/SAF/CA/16/AA8243-0/MOP, de fecha 24 de junio de 2016, de la Sociedad Concesionaria.

- La carta D/SAF/CA/16/AB0952-0/MOP, de fecha 26 de agosto de 2016, de la Sociedad Concesionaria.

- Las cartas D/SAF/CA/16/AB1186-0/SYR, D/SAF/CA/16/AB1196-0/MOP y D/SAF/CA/16/AB1955-0/MOP, de fechas 1, 2 y 15 de septiembre de 2016, respectivamente, todas de la Sociedad Concesionaria.

- La carta D/SAF/CA/16/AB2145-0/MOP, de fecha 23 de septiembre de 2016, de la Sociedad Concesionaria.

- La carta D/SAF/CA/16/AB3165-0/MOP, de fecha 28 de septiembre de 2016, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. N° 11885/16, de fecha 29 de septiembre de 2016, del Inspector Fiscal.

- La resolución exenta N° 560, de fecha 2 de octubre de 2015, del Servicio de Evaluación Ambiental.

- El oficio Ord. N° 12127, de fecha 29 de diciembre de 2016, del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. N° 12126, de fecha 29 de diciembre de 2016, del Inspector Fiscal.

- La carta D/GIN/CA/17/AA0201-0/MOP, de fecha 9 de enero de 2017, de la Sociedad Concesionaria.

- La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

- Que los artículos 19° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69° de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados.

- Que el artículo 69° N° 4 del Reglamento, agrega que el Director General de Obras Públicas, con el Visto Bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las características de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

- Que, con la finalidad de mejorar el acceso a la comuna de San Bernardo, la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas mediante resolución DV N° 158, de fecha 14 de febrero de 2014, dispuso la construcción del proyecto denominado "Construcción Caleteras Ruta 5 Sur, Sector Lo Espejo - San Bernardo, Tramo N° 2 Caletera Poniente La Vara - San Bernardo, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana" que contempla una serie de mejoras, entre ellas, la extensión de la caletera poniente de la Ruta 5 Sur.

- Que, la continuidad de dicha caletera hace necesario mejorar las condiciones de seguridad y operación de la infraestructura concesionada de la obra pública fiscal denominada "Sistema Norte - Sur" en:

i) la conectividad vial del sector, toda vez que la nueva distribución de flujos en la extensión de la caletera generará importantes entrecruzamientos y ii) la conectividad peatonal, toda vez que ésta dejará inoperativas las pasarelas Yerbas Buenas, Colón y San Alfonso existentes, siendo necesario extenderlas hasta la vereda poniente de la nueva caletera, todo lo anterior con la urgencia necesaria para evitar problemas de seguridad y operación en la ruta.

- Que, mediante oficio Ord. N° 5, de fecha 22 de enero de 2015, la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito ratificó que las obras que se describen corresponden a la tipología de normalización de estándares de seguridad, en el marco del plan de mejoramiento de obras concesionadas.

- Que, en base a las razones de interés público y urgencia señaladas en el párrafo anteprecedente, mediante resolución DGOP (exenta) N° 1.905, de fecha 28 de abril de 2015, se modificaron las características de las obras y servicios del Contrato de Concesión, en el sentido que Sociedad Concesionaria Autopista Central S.A., deberá desarrollar el proyecto de ingeniería definitiva de las obras que se detallan en la Tabla siguiente, en adelante denominado "PID Vías Locales Sector San Bernardo y sus Accesos":

Adicionalmente, Sociedad Concesionaria Autopista Central S.A., deberá ejecutar, conservar, mantener, operar y explotar las obras que se deriven del "PID Vías Locales Sector San Bernardo y sus Accesos", las que en adelante se denominan como "Obras Vías Locales Sector San Bernardo y sus Accesos".

- Que mediante oficio Ord. N° 10778/15, de fecha 27 de agosto de 2015, el Inspector Fiscal informó al Jefe de la Unidad de Obras Viales de la División de Explotación de Obras Concesionadas, que la carta D/GGE/CA/15/AA6089-0/MOP, de fecha 21 de abril de 2015, mediante la cual la Sociedad Concesionaria hizo entrega de los antecedentes y presupuestos de los estudios y obras solicitados por el Inspector Fiscal en su oficio Ord. N° 10412/15, de fecha 16 de abril de 2015, presenta un error de forma en la presentación del desglose de las obras asociadas a la "Modificación de Pasarelas" y "Nueva Pasarela Peatonal Parque Metropolitano". En virtud de lo anterior, mediante el citado oficio el Inspector Fiscal certifica los valores estimados para las citadas obras.

- Que, de acuerdo al mérito del trabajo de coordinación que se ha venido realizando sobre esta materia, mediante oficio Ord. N° 12126, de fecha 29 de diciembre de 2016, el Inspector Fiscal informó a la Sociedad Concesionaria que, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69° de su Reglamento, el MOP modificará las características de las obras y servicios del Contrato de Concesión, en el sentido que el MOP no efectuará desembolso alguno a la Sociedad Concesionaria por concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA) asociado a las modificaciones de las características de las obras y servicios del Contrato de Concesión dispuestas mediante resolución DGOP (exenta) N° 1.905 y que tratará el decreto supremo que se dicte al efecto, salvo el IVA que corresponda en relación a los costos por concepto de conservación, mantenimiento, operación, explotación y seguros de Responsabilidad Civil por Daños a Terceros y de Catástrofe durante la etapa de explotación de las obras, el que será regulado conforme dispone el artículo 1.12.3 de las Bases de Licitación, solicitando a la Sociedad Concesionaria ratificar los términos y condiciones señalados en el citado oficio.

- Que mediante carta D/GIN/CA/17/AA0201-0/MOP, de fecha 9 de enero de 2017, la Sociedad Concesionaria ratificó los términos y condiciones señalados por el Inspector Fiscal en su oficio Ord. N° 12126, manifestando expresamente, conforme a lo señalado en los incisos primero y segundo del artículo 19° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, su acuerdo respecto de la modificación de las características de las obras y servicios del Contrato de Concesión informada en el citado oficio.

- Que las modificaciones a las características de las obras y servicios del Contrato de Concesión, dispuestas mediante resolución DGOP (exenta) N° 1.905, de fecha 28 de abril de 2015, generan perjuicios para la Sociedad Concesionaria, todo lo cual, de conformidad con las disposiciones legales citadas, obliga a compensarla acordando con ella las indemnizaciones necesarias para restablecer el equilibrio económico y financiero del contrato, de manera de no comprometer su buen desarrollo y término. Para tal efecto, las partes han suscrito el Convenio Ad Referéndum N° 4, de fecha 13 de enero de 2017.

- Que, a objeto de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 19° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69° de su Reglamento, se hace necesaria la dictación del presente decreto supremo fundado, que modifica las características de las obras y servicios del Contrato de Concesión y aprueba Convenio Ad-Referéndum N° 4.

Decreto:

  1. Modifícanse, por razones de interés público, las características de las obras y servicios del Contrato de Concesión de la obra pública fiscal denominada "Sistema Norte - Sur", en el sentido que "Sociedad Concesionaria Autopista Central S.A." deberá desarrollar el estudio de ingeniería definitiva denominado "PID Vías Locales Sector San Bernardo y sus Accesos", de acuerdo a los términos...

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