Decreto núm. 27, publicado el 05 de Abril de 2016. OTORGA A EMPRESA INTERCHILE S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUB TRAMO 4.2 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA 'LÍNEA PAN DE AZÚCAR - POLPAICO 2x500 KV TRAMO 4', EN LA REGIÓN DE VAPARAÍSO, PROVINCIA DE PETORCA, COMUNAS DE PAPUDO Y ZAPALLAR - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 701724865

Decreto núm. 27, publicado el 05 de Abril de 2016. OTORGA A EMPRESA INTERCHILE S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUB TRAMO 4.2 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA 'LÍNEA PAN DE AZÚCAR - POLPAICO 2x500 KV TRAMO 4', EN LA REGIÓN DE VAPARAÍSO, PROVINCIA DE PETORCA, COMUNAS DE PAPUDO Y ZAPALLAR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

OTORGA A EMPRESA INTERCHILE S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL SUB TRAMO 4.2 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA "LÍNEA PAN DE AZÚCAR - POLPAICO 2x500 KV TRAMO 4", EN LA REGIÓN DE VAPARAÍSO, PROVINCIA DE PETORCA, COMUNAS DE PAPUDO Y ZAPALLAR

Núm. 27.- Santiago, 23 de febrero de 2016.

Vistos:

Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. N° 01652, ACC 1280525, DOC 1076023, de 10 de febrero de 2016; lo dispuesto en los artículos 11 y 29 del decreto con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e indistintamente "Ley General de Servicios Eléctricos" y sus modificaciones posteriores; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en su oficio Ord. N° 1652, ACC 1280525, DOC 1076023, de 10 de febrero de 2016, el que pasa a formar parte del presente acto administrativo, y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 19 y 41 de la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

  2. Que las resoluciones exentas N° 7.869, de fecha 2 de abril de 2015 y N° 9.728, de fecha 18 de agosto de 2015, ambas de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, acogieron la petición de división de la concesión eléctrica definitiva para el proyecto denominado "Línea Pan de Azúcar - Polpaico 2x500 kV Tramo 4", presentada por Interchile S.A., con fecha 2 de mayo de 2014.

  3. Que la aceptación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, señalada en el considerando anterior, se efectuó de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 29° de la Ley General de Servicios Eléctricos, dividiéndose materialmente la concesión solicitada en diversos sub tramos, correspondiendo el presente acto administrativo al sub tramo 4.2.

Decreto:

Artículo 1°

Otórgase a Interchile S.A., concesión definitiva para establecer el sub tramo 4.2. de la línea de transmisión de energía eléctrica denominada "Línea...

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