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Decreto núm. 26, publicado el 03 de Agosto de 2017. MODIFICA ARTICULADO TRANSITORIO DEL PLAN REGULADOR METROPOLITANO DE SANTIAGO EN EL SENTIDO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ARTICULADO TRANSITORIO DEL PLAN REGULADOR METROPOLITANO DE SANTIAGO EN EL SENTIDO QUE INDICA

Santiago, 15 de junio de 2017.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 26.

Visto:

El artículo 50 del DFL Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el artículo 6.1.12. del DS Nº 47 (V. y U.), de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; el artículo 2º de la Ley Nº 16.391; el artículo 12 letra i) del DL Nº 1.305, de 1975; el DS Nº 78 (V. y U.), de 2013, y su modificación, que aprueba la Política Nacional de Desarrollo Urbano; el Oficio Ord. Nº 216, de 9 de junio de 2017 de la División de Desarrollo Urbano del Minvu; el Ord. Nº 5627, de 25 de noviembre de 2016, de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo; el Ord. Nº 1401/686 de 19 de octubre de 2016, de la Alcaldesa (S) de la I. Municipalidad de La Pintana; el Ord. Nº 3637, de 6 de abril de 2015 del Director del Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano; y los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,

Considerando:

  1. Que la comuna La Pintana no cuenta con Plan Regulador Comunal propio vigente en su territorio, encontrándose regulado por las normas del Plan Regulador Metropolitano (PRMS) de Santiago, el cual fuera aprobado mediante resolución Nº 20, del Gobierno Regional Metropolitano, de fecha 06.10.1994, publicada en el Diario Oficial con fecha 04.11.1994, en carácter de supletorias.

  2. Que dentro del territorio normado por el PRMS, existe un área constituida por el lote de propiedad del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región Metropolitana-Serviu Metropolitano, singularizado como Lote K2, K3, K4, K5, K6, K7, K8, K9, K10, I, J, Rol SII 6010-1 (Matriz) de una superficie total de 295.756,73 m2 (29,57 ha), ubicado en Avenida El Observatorio Nº 1271, el que fuera adquirido por expropiación que hiciera Serviu Metropolitano a la Universidad de Chile, según da cuenta escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2014, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Gloria Acharán Toledo. Su dominio rola inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel a nombre de Serviu Metropolitano, a Fojas 2154 vta., Número 1643 del año 2016, siendo rectificados sus deslindes, según consta en inscripción rolante a Fojas 4116, Número 3918, de fecha 2017, según Plano T-2294, archivado bajo el Número 9.983 de fecha 29.03.2017, en el referido registro conservatorio.

  3. Que el predio individualizado en el considerando precedente se encuentra regulado en el artículo 3º Transitorio de la ordenanza del PRMS que dispone normas de carácter supletorio en la zona identificada como Subsector Geográfico Nº 42, la que no admite el uso de suelo Residencial, no presentando, por tanto, condiciones de edificación para el desarrollo de proyectos de vivienda. El terreno en la actualidad se encuentra eriazo, sin construcciones, al cual sólo se le ha hecho limpieza y extracción de desechos.

  4. Que, la Política Nacional de Desarrollo Urbano en su ámbito temático relativo a la Integración Social señala que "El Estado debe velar porque nuestras ciudades sean lugares inclusivos, donde las personas estén y se sientan protegidas e incorporadas a los beneficios urbanos: acceso a los espacios públicos, educación, salud, trabajo, seguridad, interacción social, movilidad y transporte, cultura, deporte y esparcimiento. Este objetivo debe ser de prioridad nacional.".

  5. Que atendido a lo expuesto, el Serviu Metropolitano solicitó a la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo la elaboración de un proyecto de Modificación al Plan Regulador Metropolitano de Santiago, mediante la aplicación del Art. 50º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones-LGUC, que contempla modificar la normativa referida a las condiciones de edificación y uso de suelo del Lote K2, K3, K4, K5, K6, K7, K8, K9, K10, I, J de propiedad de ese Serviu -singularizado en el considerando b) precedente-, correspondiente a una superficie de 295.756,73 m2, incorporando en su articulado transitorio una nueva zona con normas transitorias denominada Zona Habitacional Mixta...

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