Decreto núm. 259, publicado el 03 de Marzo de 2015. PRÓRROGA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA SERVICIOS SANITARIOS DE LA ESTACIÓN S.A., DEL SECTOR DE LO PINTO DENOMINADO 'JARDINES DE LA ESTACIÓN', COMUNA DE LAMPA, REGIÓN METROPOLITANA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Decreto |
PRÓRROGA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA SERVICIOS SANITARIOS DE LA ESTACIÓN S.A., DEL SECTOR DE LO PINTO DENOMINADO "JARDINES DE LA ESTACIÓN", COMUNA DE LAMPA, REGIÓN METROPOLITANA
Núm. 259.- Santiago, 22 de diciembre de 2014.- Vistos:
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- El DFL Nº70 de 1988, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, del Ministerio de Obras Públicas;
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- El Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, DS Nº453 del 12 de diciembre de 1989 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
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- La Ley Nº18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS);
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- El artículo 100 del DS Nº1.199 de 2004, del Ministerio de Obras Públicas;
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- El decreto supremo Nº118 del 13 de abril de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija fórmulas tarifarías de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la empresa Servicios Sanitarios de la Estación S.A., del sector de Lo Pinto denominado "Jardines de la Estación", comuna de Lampa, Región Metropolitana;
La carta de la empresa Servicios Sanitarios de la Estación S.A.- de fecha 22 de enero de 2010 dando cuenta del inicio formal de las operaciones de la concesión que explota;
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- Acta de acuerdo de prórroga de tarifas de la empresa Servicios Sanitarios de la Estación S.A. de fecha 29 de noviembre de 2013;
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- Publicaciones del extracto del acta referida en punto anterior, de fechas 11 y 14 de diciembre de 2013;
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- Resolución Nº 3.895 de 26 de septiembre de 2014 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
Considerando:
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- Que, en conformidad con el artículo 2 de la ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, la fijación de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos sanitarios se realiza mediante decreto expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo;
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- Que, las fórmulas tarifarias a que hace referencia el citado artículo 2, tienen un período de vigencia de cinco años, salvo que dentro del plazo comprendido entre los 14 y los 17 meses anteriores al término del referido período tarifario, haya acuerdo entre el prestador y la Superintendencia de Servicios Sanitarios para prorrogarlo por otro período igual de cinco años, fundado en la no existencia de cambios relevantes en los...
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