Decreto núm. 2583, publicado el 15 de Mayo de 2019. OTORGA PLAZO PARA EFECTUAR LIMPIEZA E HIGIENE DE PROPIEDAD QUE INDICA - MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 784330493

Decreto núm. 2583, publicado el 15 de Mayo de 2019. OTORGA PLAZO PARA EFECTUAR LIMPIEZA E HIGIENE DE PROPIEDAD QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LAS CONDES
Rango de LeyDecreto

OTORGA PLAZO PARA EFECTUAR LIMPIEZA E HIGIENE DE PROPIEDAD QUE INDICA

Núm. 2.583 Secc. 1a.- Las Condes, 29 de abril de 2019.

Vistos y teniendo presente:

El Ingreso Insp. N° 1684 de fecha 16 de octubre de 2018; las visitas efectuadas por profesionales del Departamento de Inspección de la Dirección de Obras a la propiedad ubicada en calle Luis Matte Larraín N° 911, Rol de Avalúo 3028-17, perteneciente al señor Juan Wojat Kibit, con domicilio desconocido; la inspección realizada en terreno donde se verificó que la propiedad está en condiciones de abandono, el Inf. DOM N° 63/2019 de fecha 19 de abril de 2019 del Director de Obras; el decreto alcaldicio Sección la N° 1019 de fecha 19.02.2019; el artículo 2.5.1 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; lo dispuesto en los artículos 45 inciso , 48 letra c) e inciso final y 49 de la ley N° 19.880 y en uso de las facultades que me confieren los Arts. 56 y 63 del DFL N° 1 del Ministerio del Interior de fecha 9 de mayo de 2006, publicada en el Diario Oficial de 26 de julio de 2006, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades,

Decreto:

  1. - Otorgar un plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de notificación del presente decreto, para efectuar la limpieza e higiene, y las acciones requeridas para mantener en adecuadas condiciones la propiedad ubicada en calle Luis Matte Larraín N° 911, Rol de Avalúo 3028-17, perteneciente al señor Juan Wojat Kibit, con domicilio desconocido.

  2. - Si vencido el plazo otorgado, el propietario del inmueble, no hubiere dado cumplimiento al presente decreto, el alcalde, mediante decreto alcaldicio fundado, podrá declararla propiedad abandonada y, asimismo, podrá realizar mantenciones, higiene y limpieza de la vegetación del predio, disponer cierros y...

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