Decreto núm. 256, publicado el 05 de Octubre de 2016. FIJA LÍMITES DEL MONUMENTO HISTÓRICO 'FUERTE DE NACIMIENTO', UBICADO EN LA COMUNA DE NACIMIENTO, PROVINCIA Y REGIÓN DEL BIOBÍO, DECLARADO COMO TAL, MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO N° 1.312, DE 1954, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 650324225

Decreto núm. 256, publicado el 05 de Octubre de 2016. FIJA LÍMITES DEL MONUMENTO HISTÓRICO 'FUERTE DE NACIMIENTO', UBICADO EN LA COMUNA DE NACIMIENTO, PROVINCIA Y REGIÓN DEL BIOBÍO, DECLARADO COMO TAL, MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO N° 1.312, DE 1954, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

FIJA LÍMITES DEL MONUMENTO HISTÓRICO "FUERTE DE NACIMIENTO", UBICADO EN LA COMUNA DE NACIMIENTO, PROVINCIA Y REGIÓN DEL BIOBÍO, DECLARADO COMO TAL, MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO N° 1.312, DE 1954, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Núm. 256.- Santiago, 8 de septiembre de 2016.

Considerando:

Que, por decreto supremo N° 1.312, de 25 de marzo de 1954, se declaró monumento histórico al "Fuerte de Nacimiento", ubicado en la comuna de Nacimiento, provincia y Región del Biobío;

Que, en 1604 el Gobernador Alonso de Rivera fundó el primer Fuerte Nacimiento, que posteriormente, en 1749, fue trasladado a su ubicación actual, en la encrucijada de los ríos Vergara y Bío-Bío. En 1756 el Gobernador Manuel de Amat refundó el fuerte y la Villa de Nacimiento, ambos separados por un foso y comunicados mediante un puente levadizo;

Que, el fuerte se construyó con el objetivo de contener las incursiones mapuche. Para ello se proyectaron dos cadenas defensivas: la Línea de Valdivia, al sur, y la Línea del Biobío, al norte, de la cual formaba parte Nacimiento junto con otras fortificaciones (San Pedro, Talcamávida, Santa Juana). El Fuerte de Nacimiento siguió siendo una plaza estratégica durante el siglo XIX, tanto en la Guerra de Independencia como en la época de la ocupación de la Araucanía;

Que, en la sesión ordinaria de 25 de mayo de 2016, se aprobó el polígono de protección propuesto por la Comisión de Patrimonio Histórico y la Subcomisión de Límites, del Consejo de Monumentos Nacionales, en forma unánime, fijándose en consecuencia, los límites del citado monumento, y

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la ley N° 17.288; el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el decreto supremo N° 1.312, de 25/03/1954 del Ministerio de Educación Pública...

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