Decreto núm. 25, publicado el 26 de Octubre de 2020. APRUEBA 'DECLARACIÓN DE INTENCIONES RELATIVA A LA COOPERACIÓN EN EL ÁREA DE LA CULTURA ENTRE EL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL MINISTERIO DE LA CULTURA Y DE LA COMUNICACIÓN DE LA REPÚBLICA FRANCESA', SUSCRITA EN LA CIUDAD DE SANTIAGO, CHILE, CON FECHA 21 DE ENERO DE 2017 - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 850938177

Decreto núm. 25, publicado el 26 de Octubre de 2020. APRUEBA 'DECLARACIÓN DE INTENCIONES RELATIVA A LA COOPERACIÓN EN EL ÁREA DE LA CULTURA ENTRE EL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL MINISTERIO DE LA CULTURA Y DE LA COMUNICACIÓN DE LA REPÚBLICA FRANCESA', SUSCRITA EN LA CIUDAD DE SANTIAGO, CHILE, CON FECHA 21 DE ENERO DE 2017

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyDecreto

APRUEBA "DECLARACIÓN DE INTENCIONES RELATIVA A LA COOPERACIÓN EN EL ÁREA DE LA CULTURA ENTRE EL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL MINISTERIO DE LA CULTURA Y DE LA COMUNICACIÓN DE LA REPÚBLICA FRANCESA", SUSCRITA EN LA CIUDAD DE SANTIAGO, CHILE, CON FECHA 21 DE ENERO DE 2017

Núm. 25.- Valparaíso, 15 de octubre de 2020.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República; en la ley N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la República", y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. - Que, de acuerdo a la ley N° 21.045, en su artículo 3 N°s 1, 2, 6, 8, 10, 11, 14, 20 y 27, corresponden especialmente a este Ministerio las funciones y atribuciones de promover y contribuir al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción, mediación, circulación, distribución y difusión de las artes visuales, fotografía, nuevos medios, danza, circo, teatro, diseño, arquitectura, música, literatura, audiovisual y otras manifestaciones de las artes; como asimismo, promover el respeto y desarrollo de las artes y culturas populares; fomentar el desarrollo de las industrias y de la economía creativa, contribuyendo en los procesos de inserción en circuitos y servicios de circulación y difusión, para el surgimiento y fortalecimiento del emprendimiento creativo tanto a nivel local, regional, nacional e internacional; contribuir al conocimiento y desarrollo de las manifestaciones artísticas, culturales y patrimoniales de los chilenos residentes en el exterior, como también al acceso al conocimiento y goce de las obras, expresiones y manifestaciones artísticas, culturales y patrimoniales del país, fomentando el diálogo, conocimiento e intercambio entre creadores y cultores residentes dentro y fuera de Chile, para lo cual coordinará su accionar con el Ministerio de Relaciones Exteriores; fomentar y colaborar, en el ámbito de sus competencias, en el desarrollo de la educación artística no formal como factor social de desarrollo; promover el respeto y la protección de los derechos de autor y derechos conexos, y su observancia en todos aquellos aspectos de relevancia cultural; como asimismo, impulsar su difusión; promover la cultura digital y la utilización de herramientas tecnológicas en los procesos de creación...

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