Decreto núm. 243, publicado el 04 de Diciembre de 2015. MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'HOSPITAL DEL SALVADOR E INSTITUTO NACIONAL DE GERIATRÍA' - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 588807510

Decreto núm. 243, publicado el 04 de Diciembre de 2015. MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'HOSPITAL DEL SALVADOR E INSTITUTO NACIONAL DE GERIATRÍA'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "HOSPITAL DEL SALVADOR E INSTITUTO NACIONAL DE GERIATRÍA"

Núm. 243.- Santiago, 20 de agosto de 2015.

Vistos:

- El DFL MOP Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos, y sus modificaciones.

- El decreto supremo MOP Nº 900 de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial su artículo 19º.

- El decreto supremo MOP Nº 956 de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial su artículo 69º.

- El decreto supremo MOP Nº 141, de fecha 11 de febrero de 2014, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, reparación, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Hospital del Salvador e Instituto Nacional de Geriatría".

- El oficio Ord. Nº 4263, de fecha 14 de octubre de 2014 de la Directora (S) del Servicio de Salud Metropolitano Oriente.

- El oficio Ord. C/4 Nº 19, de fecha 8 de enero de 2015, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud.

- El oficio Ord. Nº 50, de fecha 21 de enero de 2015, del Inspector Fiscal.

- El acta de la sesión Nº 8, de fecha 22 de enero de 2015, del Comité Técnico de Adquisiciones y Reposiciones de Equipamiento Médico y Mobiliario Clínico (CTAR) del Contrato de Concesión Hospital del Salvador e Instituto Nacional de Geriatría.

- El acta de la sesión extraordinaria Nº 9, de fecha 30 de enero de 2015, del Comité Técnico de Adquisiciones y Reposiciones de Equipamiento Médico y Mobiliario Clínico (CTAR) del Contrato de Concesión Hospital del Salvador e Instituto Nacional de Geriatría.

- El oficio Ord. Nº 60, de fecha 2 de febrero de 2015, del Inspector Fiscal.

- El acta de sesión extraordinaria Nº 7, de fecha 4 de febrero de 2015, del Comité Coordinador de Construcción del Contrato de Concesión Hospital del Salvador e Instituto Nacional de Geriatría.

- El oficio Ord. Nº 2, de fecha 12 de febrero de 2015, del Coordinador Técnico del Servicio de Salud Metropolitano Oriente.

- La carta Nº: CS-IF-0085, de fecha 16 de febrero de 2015, de la Sociedad Concesionaria.

- El acta de sesión Nº 8, de fecha 19 de febrero de 2015, del Comité Coordinador de Construcción del Contrato de Concesión Hospital del Salvador e Instituto Nacional de Geriatría.

- La carta Nº: CS-IF-0088, de fecha 25 de febrero de 2015, de la Sociedad Concesionaria.

- El acta de la sesión extraordinaria Nº 11, de fecha 3 de marzo de 2015, del Comité Técnico de Adquisiciones y Reposiciones de Equipamiento Médico y Mobiliario Clínico (CTAR) del Contrato de Concesión Hospital del Salvador e Instituto Nacional de Geriatría.

- El acta de sesión extraordinaria Nº 9, de fecha 4 de marzo de 2015, del Comité Coordinador de Construcción del Contrato de Concesión Hospital del Salvador e Instituto Nacional de Geriatría.

- La carta Nº: CS-IF-0096, de fecha 4 de marzo de 2015, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. C/4 Nº 1092, de fecha 10 de abril de 2015, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud.

- El oficio Ord. Nº 658, de fecha 14 de abril de 2015, del Coordinador de Concesiones de Obras Públicas.

- El oficio Ord. C/4 Nº 1179, de fecha 17 de abril de 2015, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud.

- El oficio Ord. Nº 162, de fecha 14 de abril de 2015, del Inspector Fiscal.

- La carta Nº: CS-lF-0132, de fecha 17 de abril de 2015, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. Nº 171, de fecha 21 de abril de 2015, del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. Nº 93, de fecha 23 de abril de 2015, del Jefe de la División de Construcción de Obras Concesionadas.

- La resolución DGOP (exenta) Nº 1.854, de fecha 24 de abril de 2015.

- La carta Nº: CS-IF-0144, de fecha 4 de mayo de 2015, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. Nº 202, de fecha 15 de mayo de 2015, del Inspector Fiscal.

- La carta Nº: CS-IF-00156, de fecha 19 de mayo de 2015.

- La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

- Que el artículo 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas establece que el Ministerio de Obras Públicas podrá modificar las características de las obras y servicios contratados, a objeto de incrementar los niveles de servicio y estándares técnicos establecidos en las Bases de Licitación, o por otras razones de interés público debidamente fundadas.

- Que el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas establece que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados, agregando en su Nº 4 que el Director General de Obras Públicas, con el Visto Bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

- Que las Bases de Licitación del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Hospital del Salvador e Instituto Nacional de Geriatría" contienen, entre las obligaciones de la Sociedad Concesionaria, durante la Etapa de Construcción, la adquisición y reposición del correspondiente Mobiliario No Clínico, de acuerdo al listado detallado en el Anexo I letra a) de las Bases de Licitación y la adquisición y reposición del Equipamiento Médico y Mobiliario Clínico, de acuerdo al listado detallado en el Anexo I letra b) de las Bases de Licitación.

- Que para el caso del Mobiliario No Clínico, el procedimiento de adquisición establecido en el artículo 1.4 del Anexo B de las Bases de Licitación contempla la licitación pública o cotización de proveedores de los listados finales de Mobiliario No Clínico de 4 grupos. Cada proceso de adquisición considera un plazo de 200 días, contados desde la recepción del listado definitivo de cada grupo de Mobiliario No Clínico por parte de la Sociedad Concesionaria, para que ésta presente los resultados del referido proceso de licitación. Para el primer listado, correspondiente al Grupo 4, no se consideró Mobiliario No Clínico, de conformidad a la oportunidad de incorporación señalada en el Anexo I letra a) de las Bases de Licitación.

- Que el artículo 2 del Anexo B de las Bases de Licitación establece un procedimiento para la adquisición de 4 Grupos de Equipamiento Médico y Mobiliario Clínico. Dicho procedimiento comienza con la entrega al Concesionario, por parte del Comité Técnico de Adquisiciones y Reposiciones (CTAR), del respectivo listado, con las modificaciones definidas por dicho Comité. El primer listado, correspondiente al Grupo 4, fue entregado a la Sociedad Concesionaria por el CTAR, a través del Inspector Fiscal, mediante oficio Ord. Nº 60, de fecha 2 de febrero de 2015. Cada proceso de licitación considera un plazo de 200 días, contado desde la recepción del listado de cada grupo por parte de la Sociedad Concesionaria, para que ésta presente los resultados del referido proceso de licitación, plazo que, para el primer listado, se cumple el día 21 de agosto de 2015.

- Que mediante oficio Ord. Nº 4263 de fecha 14 de octubre de 2014, la Directora (S) del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, informó a la Subsecretaría de Redes Asistenciales que, considerando los plazos establecidos en las Bases de Licitación, en el mes de noviembre de 2017 estarían adjudicados todos los equipos médicos, el mobiliario clínico y el mobiliario no clínico del Hospital del Salvador y del Instituto Nacional de Geriatría, con lo que se produciría una brecha de 21 meses entre la adquisición de dicho equipamiento y la puesta en marcha de los establecimientos hospitalarios, la cual se prevé para agosto de 2019. Agrega que le parece poco conveniente la adquisición tan anticipada de equipos, debido a la rápida obsolescencia de ellos, en particular del equipamiento médico, lo cual también impactaría en los plazos de bodegaje y las garantías asociadas. Señala, también, que existe una gran cantidad de equipos distribuidos en 4 Grupos, que incluyen todo el instrumental quirúrgico y equipamiento médico de gran especificidad, cuyas ofertas, de acuerdo a los plazos actualmente previstos en las Bases de Licitación, deben evaluarse en tiempos insuficientes para realizar un trabajo detallado. Agrega que se debe considerar que este proyecto contempla la construcción y habilitación de dos hospitales y que el Instituto Nacional de Geriatría requiere equipamiento específico para el tratamiento de sus pacientes y que los plazos de ejecución de las obras no guardan relación con la fecha de inicio de las licitaciones para el equipamiento, lo que debía ocurrir el 2 de febrero de 2015.

En este contexto da cuenta que para ese servicio es relevante establecer, en conjunto con la Sociedad Concesionaria y la Inspección Fiscal, un nuevo cronograma para la adquisición de Equipamiento Médico, Mobiliario Clínico y Mobiliario No Clínico, acorde a la fecha de entrega de los terrenos y al plazo de la Puesta en Servicio de los establecimientos, que considere los plazos adecuados para las evaluaciones técnico - económicas de las ofertas, además de la incorporación de un nuevo grupo de equipos a licitar y un reordenamiento de los mismos en base a la obsolescencia e impacto en la obra.

- Que mediante oficio Ord. C4/Nº 19, de fecha 8 de enero de 2015, la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud solicitó al Director General de Obras Públicas evaluar la factibilidad de:

a) modificar los plazos máximos de los 4 procesos de licitación del...

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