Decreto núm. 2365, publicado el 16 de Noviembre de 2020. INICIA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE INVALIDACIÓN - MUNICIPALIDAD DE REQUINOA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 851838959

Decreto núm. 2365, publicado el 16 de Noviembre de 2020. INICIA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE INVALIDACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE REQUINOA
Rango de LeyDecreto

INICIA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE INVALIDACIÓN

Requínoa, 9 de noviembre de 2020.- Esta Alcaldía decretó hoy lo siguiente:

Núm. 2.365.

Considerando:

La Ordenanza Local sobre condiciones generales para la fijación de tarifas de aseo, exenciones totales y parciales del servicio de extracción de residuos domicilio, aprobadas mediante decreto alcaldicio Nº 3.123 de fecha 29 de octubre de 2019.

La propuesta de modificación a dicha preceptiva, remitida al Sr. Alcalde y Honorable Concejo Municipal mediante Memo Nº 293 de fecha 22 de octubre de 2020 del Director Jurídico, consistente en la modificación de la tarifa enero-diciembre 2021.

Que en sesión ordinaria Nº 141 de fecha 29 de noviembre de 2020, del Honorable Concejo Municipal, se propone por quien presidía dicha sesión incorporar una disposición transitoria que no estaba originalmente considerada, del siguiente tenor: "Déjese exento de pago todos los sitios eriazos que están igual o bajo la línea de las 225 UTM, en el marco de la pandemia Covid-19", la cual fue aprobada conjuntamente con la propuesta de modificación original.

Que, mediante decreto alcaldicio Nº 2.304 de fecha 30 de octubre de 2020, se aprobaron las modificaciones a la Ordenanza Local sobre condiciones generales para la fijación de tarifas de aseo, exenciones totales y parciales del servicio de extracción de residuos domicilio, aprobadas en sesión ordinaria Nº 141 de fecha 29 de noviembre de 2020 del Honorable Concejo Municipal.

Que mediante Memo Nº 304 de fecha 3 de noviembre de 2020, del Director Jurídico, se remite informe suscrito en conjunto con la Dirección de Control, el cual expone que la disposición transitoria del tenor: "Déjese exento de pago todos los sitios eriazos que están igual o bajo la línea de las 225 UTM, en el marco de la pandemia Covid-19", adolece de un vicio de legalidad al contravenir lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la Republica y artículo 7º de la Ley de Rentas Municipales, por lo cual se solicita el inicio de un procedimiento de invalidación parcial respecto del artículo transitorio antes expuesto, incorporado como modificación al texto original de la ordenanza sobre la materia mediante decreto alcaldicio Nº 2.304 de fecha 30 de octubre de 2020.

La necesidad de ajustar a derecho los actos administrativos de la Ilustre Municipalidad de Requínoa.

Vistos:

Las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, Texto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR