Decreto núm. 234, publicado el 20 de Febrero de 2015. DA CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCIÓN Nº 2140 (2014), DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS, RELATIVAS AL PROCESO DE TRANSICIÓN POLÍTICA EN YEMEN - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 558035198

Decreto núm. 234, publicado el 20 de Febrero de 2015. DA CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCIÓN Nº 2140 (2014), DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS, RELATIVAS AL PROCESO DE TRANSICIÓN POLÍTICA EN YEMEN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

DA CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCIÓN Nº 2140 (2014), DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS, RELATIVAS AL PROCESO DE TRANSICIÓN POLÍTICA EN YEMEN

Núm. 234.- Santiago, 22 de agosto de 2014.- Vistos: Los artículos 32, Nº15, y 54, Nº1, inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y el artículo 25 de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas.

Considerando: Que el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas aprobó la resolución Nº 2140, con fecha 26 de febrero de 2014, por la cual se establecen sanciones contra aquellas personas e instituciones que atenten contra el proceso de transición política en Yemen.

Decreto:

Artículo primero

El Gobierno de la República de Chile decide dar estricto y fiel cumplimiento a la resolución Nº 2140, aprobada por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas el 26 de febrero de 2014.

Artículo segundo

A los efectos de lo dispuesto en el artículo primero, las autoridades y órganos del Estado velarán para que, en el ámbito de sus atribuciones, se dé cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Nº 2140, de 26 de febrero de 2014.

Artículo tercero

Una copia íntegra y autorizada de la resolución Nº 2140, de 26 de febrero de 2014, del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, se publicará en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.- Rodrigo Peñailillo Briceño, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Jorge Burgos Varela, Ministro de Defensa Nacional.- Alberto Arenas de Mesa, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Fernando Zalaquett S., Embajador, Director General Administrativo (S).

Naciones Unidas S/RES/2140 (2014)

Consejo de Seguridad

Resolución 2140 (2014)

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7119ª sesión, el 26 de febrero de 2014

El Consejo de Seguridad,

Recordando sus resoluciones 2014 (2011) y 2051 (2012) y la declaración de su Presidencia de 15 de febrero de 2013,

Reiterando su firme compromiso con la unidad, la soberanía, la independencia y la integridad territorial del Yemen,

Encomiando la labor del Consejo de Cooperación del Golfo (CCG) en la prestación de asistencia a la transición política del Yemen,

Acogiendo con beneplácito los resultados de la Conferencia de Diálogo Nacional amplio, que firmaron todos los partidos políticos, cuyas decisiones ofrecen una hoja de ruta para un proceso continuado de transición democrática dirigido por los propios yemeníes y basado en un compromiso con la democracia, la buena gobernanza, el estado de derecho, la reconciliación nacional y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas del Yemen,

Encomiando la labor de todas las personas que facilitaron los resultados de la Conferencia de Diálogo Nacional amplio mediante su participación constructiva en ella, en particular el liderazgo del Presidente Abd Rabbo Mansour Hadi,

Expresando preocupación por los retos políticos, de seguridad, económicos y humanitarios a que se sigue enfrentando el Yemen, en particular por la violencia imperante,

Recordando la inclusión de Al-Qaida en la Península Arábiga (AQPA) y de las personas asociadas en la lista de sanciones contra Al-Qaida establecida por el Comité dimanante de las resoluciones 1267 (1999) y 1989 (2011), y destacando a ese respecto la necesidad de que se apliquen rigurosamente las medidas impuestas en el párrafo 1 de la resolución 2083 (2012) como medio importante de combatir la actividad terrorista en el Yemen,

Condenando todas las actividades terroristas y los ataques contra la población civil, la infraestructura de suministro de petróleo, gas y electricidad y las autoridades legítimas, incluidos los que tienen por objetivo socavar el proceso político del Yemen,

Condenando también los ataques lanzados contra instalaciones militares y de seguridad, en particular el ataque contra el Ministerio de Defensa del 5 de diciembre de 2013 y el ataque contra la prisión del Ministerio del Interior del 13 de febrero, y destacando la necesidad de que el Gobierno del Yemen siga aplicando reformas eficaces en las fuerzas armadas y el sector de la seguridad,

Reafirmando su resolución 2133 (2014) y exhortando a todos los Estados Miembros a que impidan que los terroristas se beneficien directa o indirectamente del pago de rescates o de concesiones políticas y a que aseguren la liberación de los rehenes en condiciones de seguridad,

Observando los enormes problemas económicos, de seguridad y sociales a que se enfrenta el Yemen, debido a los cuales muchos yemeníes tienen una acuciante necesidad de asistencia humanitaria, reafirmando su apoyo a los esfuerzos del Gobierno del Yemen para garantizar la seguridad, promover el desarrollo social y económico y aplicar reformas políticas y económicas y en el sector de la seguridad, y acogiendo con beneplácito la labor de la Oficina Ejecutiva del Marco para la Rendición Mutua de Cuentas, el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional para apoyar las reformas económicas emprendidas por el Gobierno del Yemen,

Destacando que la mejor solución para la situación del Yemen supone un proceso de transición política pacífico, inclusivo, ordenado y dirigido por los propios yemeníes que satisfaga las legítimas demandas y aspiraciones del pueblo yemení que desea un cambio pacífico y una verdadera reforma política, económica y social, conforme a la Iniciativa del CCG y su Mecanismo de Ejecución y a los resultados de la Conferencia de Diálogo Nacional amplio, y acogiendo con beneplácito los esfuerzos realizados por el Yemen para reforzar la participación de la mujer en la vida política y pública, incluso mediante la adopción de medidas para garantizar que al menos un 30% de los candidatos a las elecciones legislativas nacionales y los consejos elegidos mediante sufragio sean mujeres,

Recordando también sus resoluciones 1612 (2005), 1882 (2009), 1998 (2011) y 2068 (2012), relativas a los niños y los conflictos armados, y sus resoluciones 1325 (2000), 1820 (2008), 1888 (2009), 1889 (2009), 1960 (2010), 2106 (2013) y 2122 (2013), relativas a las mujeres y la paz y la seguridad,

Reconociendo que el proceso de transición requiere dejar atrás la presidencia de Ali Abdullah Saleh, y acogiendo con beneplácito la participación y cooperación en ese proceso de todos los interesados del Yemen, incluso de los grupos que no fueron partes en la Iniciativa del CCG y su Mecanismo de Ejecución,

Reiterando la necesidad de que se realice una investigación exhaustiva, independiente e imparcial, acorde con las normas internacionales, de los presuntos abusos y violaciones de los derechos humanos, en consonancia con los resultados de la Conferencia de Diálogo Nacional amplio y la Iniciativa del CCG y su Mecanismo de Ejecución, con el fin de asegurar la plena rendición de cuentas,

Reconociendo la importancia que las reformas de la gobernanza tienen para la transición política en el Yemen, observando las propuestas a ese respecto que figuran en el informe del Grupo de Trabajo sobre Buena Gobernanza de la Conferencia de Diálogo Nacional, que incluyen, entre otras cosas, los requisitos previos que...

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