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Decreto núm. 232, publicado el 19 de Febrero de 2019. NOMBRA Y TRASLADA EMBAJADOR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

NOMBRA Y TRASLADA EMBAJADOR

Núm. 232.- Santiago, 30 de julio de 2018.

Visto:

La Constitución Política de la República, artículo 32 N° 8; la Ley N° 21.053 sobre Presupuesto del Sector Público año 2018; el DFL N° 29 de 2004 del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834 sobre el Estatuto Administrativo; el DFL N° 33 de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores; los decretos Nos 80 y 121 de 2018, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución N° 69 de 2018, de esta Subsecretaría de Relaciones Exteriores; las resoluciones Nos 1.600 de 2008, 30 de 2015 y 10 de 2017, ambas de la Contraloría General de la República y las necesidades del servicio.

Considerando:

  1. Que mediante decreto N° 80 de 2018, se dispuso la aceptación de la renuncia del señor José Antonio César Viera-Gallo, al cargo de Embajador la Categoría Exterior, a contar del 15 de marzo de 2018.

  2. Que por decreto N° 121 de 2018, se dispuso la adscripción del señor Miguel Ángel González Morales, al cargo de Embajador 1ª Categoría Exterior, desde la Embajada de Chile en Costa Rica, a contar del 1 de junio de 2018.

  3. Que mediante resolución N° 69 de 2018, se aceptó la renuncia del señor Óscar Eduardo Alcaman Riffo, al cargo de Ministro Consejero o Cónsul General de 1a Clase, 2ª Categoría Exterior, a contar del 16 de agosto de 2018.

    Decreto:

  4. Nómbrase al señor Óscar Eduardo Alcaman Riffo (RUN N° 7.065.376-1), Embajador 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores.

  5. Trasládase al señor Óscar Eduardo Alcaman Riffo, Embajador Categoría Exterior, para que preste servicios como Embajador de Chile en Costa Rica, desde el 16 de agosto de 2018, fecha a contar de la cual deja de desempeñar funciones en la Embajada de Chile en Francia.

  6. La persona indicada deberá rendir la fianza legal establecida en el artículo 68 de la Ley N° 10.336, Orgánica de la Contraloría General de la República y contará con firma electrónica avanzada o simple para firmar el informe mensual de la rendición de cuentas, conforme a lo señalado en la resolución N° 30 de 2015 de la Contraloría General de la República.

  7. Por razones impostergables de buen servicio, la persona antes individualizada asumirá sus funciones en la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.

    Personal de Planta 06 01 01 21 01 001.

    Regístrese, tómese razón y...

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