Decreto núm. 221, publicado el 11 de Febrero de 2017. PROMULGA EL ACUERDO DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE CHILE Y LA ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD/ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD PARA LA EVALUACIÓN TÉCNICA DEL EXAMEN ÚNICO NACIONAL DE CONOCIMIENTOS DE LA MEDICINA, EN EL MARCO DE LAS POLÍTICAS DE CALIDAD Y FORMACIÓN IMPULSADA POR EL MINISTERIO DE SALUD ('EVALUACIÓN EUNACOM') - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 664827733

Decreto núm. 221, publicado el 11 de Febrero de 2017. PROMULGA EL ACUERDO DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE CHILE Y LA ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD/ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD PARA LA EVALUACIÓN TÉCNICA DEL EXAMEN ÚNICO NACIONAL DE CONOCIMIENTOS DE LA MEDICINA, EN EL MARCO DE LAS POLÍTICAS DE CALIDAD Y FORMACIÓN IMPULSADA POR EL MINISTERIO DE SALUD ('EVALUACIÓN EUNACOM')

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE CHILE Y LA ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD/ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD PARA LA EVALUACIÓN TÉCNICA DEL EXAMEN ÚNICO NACIONAL DE CONOCIMIENTOS DE LA MEDICINA, EN EL MARCO DE LAS POLÍTICAS DE CALIDAD Y FORMACIÓN IMPULSADA POR EL MINISTERIO DE SALUD ("EVALUACIÓN EUNACOM")

Núm. 221.- Santiago, 30 de diciembre de 2016.

Vistos:

Los artículos 32, Nº 15, y 54, N° 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República, y la Ley N° 10.336.

Considerando:

Que con fechas 29 y 30 de diciembre de 2016, se suscribió, en Santiago, el Acuerdo de Cooperación Técnica entre el Gobierno de Chile y la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud para la Evaluación Técnica del Examen Único Nacional de Conocimientos de la Medicina, en el Marco de las Políticas de Calidad y Formación Impulsada por el Ministerio de Salud ("Evaluación Eunacom").

Que dicho Acuerdo fue adoptado en el marco del Acuerdo Básico sobre Asistencia Técnica, suscrito con las Naciones Unidas y diversas Agencias Especializadas de esa Organización, publicado en el Diario Oficial de 24 de octubre de 1960.

Decreto:

Artículo primero

Promúlgase el Acuerdo de Cooperación Técnica entre el Gobierno de Chile y la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud para la Evaluación Técnica del Examen Único Nacional de Conocimientos de la Medicina, en el Marco de las Políticas de Calidad y Formación Impulsada por el Ministerio de Salud ("Evaluación Eunacom"), suscrito en Santiago, el 29 y 30 de diciembre de 2016; cúmplase y publíquese copia de su texto en el Diario Oficial.

Artículo segundo

Déjase constancia que el gasto que irrogue el presente Acuerdo será de cargo del Ministerio de Salud, el cual dictará el acto administrativo respectivo, de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del Artículo 56 de la Ley 10.336.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Edgardo Riveros Marín, Ministro de Relaciones Exteriores (S).- Carmen Castillo Taucher, Ministra de Salud.

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.

ACUERDO DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE CHILE ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD/ ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD Y LA PARA LA EVALUACIÓN TÉCNICA DEL EXAMEN ÚNICO NACIONAL DE CONOCIMIENTOS DE LA MEDICINA, EN EL MARCO DE LAS POLÍTICAS DE CALIDAD Y FORMACIÓN IMPULSADA POR EL MINISTERIO DE SALUD ("EVALUACIÓN EUNACOM")

El Gobierno de la República de Chile, (en adelante "el Gobierno") y la Organización Panamericana de la Salud, Oficina Regional para las Américas de la Organización Mundial de la Salud (en adelante la "OPS/OMS") y conjuntamente "las Partes",

Considerando que el Acuerdo Básico sobre Asistencia Técnica entre el Gobierno de la República de Chile, las Naciones Unidas y sus Agencias Especializadas, suscrito el 15 de enero de 1957, servirá de fundamento legal para la celebración e interpretación del presente Acuerdo.

Considerando que al Gobierno le corresponde formular y fijar las políticas de salud que se desarrollan dentro del territorio nacional. En consecuencia tiene, entre otras, la función de establecer un sistema de certificación de especialidades y subespecialidades de los prestadores individuales de salud legalmente habilitados para ejercer sus respectivas profesiones, esto es, de las personas naturales que otorgan prestaciones de salud.

Considerando que el propósito de toda política pública es diseñar e implementar cursos de acción a través de estrategias y programas de gobierno que mejoren su gestión en beneficio de la población y que en este contexto el Gobierno se encuentra desarrollando estrategias que favorezcan la adecuación de los procesos formativos de pregrado de las escuelas de medicina al perfil de competencias profesionales del médico general propuesto por el Gobierno, una de cuyas herramientas evaluativas es el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (Eunacom).

Considerando que el artículo 18 del decreto supremo Nº 8 de 2009 del Ministerio de Salud, que establece los criterios generales y disposiciones sobre exigencia, aplicación, evaluación y puntuación mínima para el diseño y aplicación del Eunacom, obliga a dicha Cartera de Estado a, oyendo a la Comisión Nacional Docente Asistencial de Salud, revisar los criterios generales y la puntuación mínima del examen; y que, adicionalmente dentro de sus funciones el Ministerio de Salud debe velar por el mejoramiento continuo de los procedimientos e instrumentos como el Eunacom, proponiendo cambios metodológicos, de contenidos y de administración que posibiliten mejorar la evaluación que este instrumento realiza de las competencias médicas necesarias para el desempeño de estos profesionales bajo un modelo de Redes Integradas de Servicios de Salud - RISS basada en Atención Primaria.

Considerando que la OPS/OMS es una organización internacional con más de 110 años de experiencia en mejorar la salud y las condiciones de vida de los pueblos de las Américas, y que en su carácter de Oficina Regional para las Américas de la Organización Mundial de la Salud-OMS es reconocido como un organismo especializado en salud del Sistema de Naciones Unidas, y también del Sistema Interamericano mediante un acuerdo suscrito con la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos.

Conscientes de que existiendo materias de interés común entre las Partes en el área de acceso y cobertura universal en América Latina y el Caribe a través del fortalecimiento de los recursos humanos en salud, las Partes acuerdan suscribir el presente Acuerdo de Cooperación Técnica, en el marco del cual la OPS elaborará la Evaluación del Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (Eunacom) a fin de facilitar la labor del Gobierno de dar cumplimiento a lo prescrito por el DS 8/2009 del Ministerio de Salud.

Se deja constancia que con fecha 27 de septiembre de 2016, se suscribió entre el Ministerio de Salud del Gobierno de Chile y la OPS/OMS, el instrumento denominado "Acuerdo de Cooperación Técnica para la evaluación técnica del examen único nacional de conocimientos de la medicina, en el marco de las políticas de calidad y formación impulsada por ese Ministerio (Evaluación Eunacom)", referido a las mismas materias que el presente Tratado. En ese sentido, se acuerda que el presente Tratado reemplaza en su totalidad y deja sin efecto el referido Acuerdo.

Acuerdan:

Artículo 1

Objeto del Acuerdo.

El presente Acuerdo tiene por objeto establecer los términos bajo los cuales la OPS/OMS y el Gobierno coordinarán acciones y cooperarán para la ejecución de la "Evaluación del Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (Eunacom)" en adelante, la "Evaluación", cuyos...

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