Decreto núm. 22, publicado el 14 de Octubre de 2020. APRUEBA 'CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN CULTURAL ENTRE EL MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR', SUSCRITO EN SANTIAGO, CHILE, EL 6 DE JUNIO DE 2019 - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 850323653

Decreto núm. 22, publicado el 14 de Octubre de 2020. APRUEBA 'CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN CULTURAL ENTRE EL MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR', SUSCRITO EN SANTIAGO, CHILE, EL 6 DE JUNIO DE 2019

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyDecreto

APRUEBA "CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN CULTURAL ENTRE EL MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR", SUSCRITO EN SANTIAGO, CHILE, EL 6 DE JUNIO DE 2019

Núm. 22.- Valparaíso, 8 de octubre de 2020.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 326 y 35, de la Constitución Política de la República; en la ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la República"; y, en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. - Que, de acuerdo a la ley Nº 21.045, artículo 3 en sus numerales 1 y 3, artículos 20 y 27, corresponden especialmente a este Ministerio las funciones y atribuciones de promover y contribuir al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción, mediación, circulación, distribución y difusión de las artes visuales, fotografía, nuevos medios, danza, circo, teatro, diseño, arquitectura, música, literatura, audiovisual y otras manifestaciones de las artes; como asimismo, promover el respeto y desarrollo de las artes y culturas populares; contribuir al reconocimiento y salvaguardia del patrimonio cultural, promoviendo su conocimiento y acceso, y fomentando la participación de las personas y comunidades en los procesos de memoria colectiva y definición patrimonial; velar por el cumplimiento de las convenciones internacionales en materia cultural, artística y patrimonial en que Chile sea parte, y explorar, establecer y desarrollar vínculos y programas internacionales en materia cultural y patrimonial, para lo cual deberá coordinarse con el Ministerio de Relaciones Exteriores; y, celebrar convenios con organismos públicos y privados, tanto nacionales como internacionales, en materias relacionadas con la labor del Ministerio.

  2. - Que, el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de Chile y el Ministerio de Cultura y Patrimonio de la República del Ecuador, inspirados por el deseo de consolidar sus relaciones, motivados por la mutua determinación de contribuir y profundizar los lazos de amistad y entendimiento; convencidos de que el intercambio de experiencias, de conocimientos culturales y formas de vida de sus pueblos contribuirán al desarrollo de las relaciones entre sus respectivos países, han acordado la suscripción del presente instrumento. Mediante éste, las Partes han convenido el desarrollo de actividades de cooperación en diversos ámbitos culturales y patrimoniales; han manifestado interés en el desarrollo de programas que permitan intercambio de experiencias de políticas públicas culturales y, finalmente, han acordado mantener un intercambio permanente en aquellos programas que consideren adecuados y complementarios al fomento y promoción de la cultura como eje de desarrollo.

  3. - Que, en función de lo expuesto, la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de Chile y el Vice Ministro de Cultura de la República del Ecuador suscribieron, con fecha 6 de junio de 2019, el "Convenio Marco de Cooperación Cultural entre el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la República de Chile y el Ministerio de Cultura y Patrimonio de la República del Ecuador" que tiene como objetivo principal el desarrollo de actividades de cooperación en el ámbito cultural.

  4. - Que, en atención a lo señalado en los considerandos anteriores, es necesaria la dictación del respectivo acto administrativo que apruebe el mencionado Convenio Marco.

Decreto:

  1. Apruébase el "Convenio Marco de Cooperación Cultural entre Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la República de Chile y el Ministerio de Cultura y Patrimonio de la República del Ecuador", celebrado entre el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de Chile y Ministerio de Cultura y Patrimonio de la República del Ecuador, con fecha 6 de junio de 2019, cuyo texto íntegro y fiel se transcribe a continuación:

"CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN CULTURAL ENTRE EL MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

Comparecen a la celebración del presente instrumento, el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la República de Chile, representado por su Ministra, señora Consuelo Valdés; y, por otra parte el Ministerio de Cultura y Patrimonio de la República del Ecuador, representado por su Viceministro, señor Gabriel Francisco Cisneros Abedrabbo, en adelante las partes, quienes se comprometen en el presente instrumento bajo las disposiciones siguientes:

Artículo primero

Antecedentes.

1.1. El Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la República de Chile tiene por objetivo colaborar con el Jefe de Estado en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas que contribuyan al desarrollo cultural y patrimonial, de manera armónica y equitativa, en todo el territorio nacional.

1.2. El Ministerio de Cultura y Patrimonio de la República del Ecuador, ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Cultura para fortalecer la identidad Nacional y la Interculturalidad; proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios culturales; y, salvaguardar la memoria social y el patrimonio cultural, garantizando el ejercicio pleno de los derechos culturales, a partir de la descolonización del saber y del poder; y, de una nueva relación entre el ser humano y la naturaleza, contribuyendo a la materialización del Buen Vivir.

1.3. Mediante Acuerdo Ministerial Nº DM-2019-084 de 3 de junio de 2019, el Ministro de Cultura y Patrimonio de la República del Ecuador, Raúl Pérez...

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