Decreto núm. 22 EXENTO, publicado el 14 de Febrero de 2017. DEROGA DECRETO N° 121 EXENTO, DE FECHA 19 DE AGOSTO DE 2016, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Y DETERMINA NUEVO ORDEN DE SUBROGANCIA PARA EL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 665041913

Decreto núm. 22 EXENTO, publicado el 14 de Febrero de 2017. DEROGA DECRETO N° 121 EXENTO, DE FECHA 19 DE AGOSTO DE 2016, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Y DETERMINA NUEVO ORDEN DE SUBROGANCIA PARA EL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Rango de LeyDecreto

DEROGA DECRETO N° 121 EXENTO, DE FECHA 19 DE AGOSTO DE 2016, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Y DETERMINA NUEVO ORDEN DE SUBROGANCIA PARA EL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO

Santiago, 6 de febrero de 2017.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 22 exento.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley N° 20.530 que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Modifica Cuerpos Legales que indica; en la Ley N° 19.880, que "Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado"; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto N° 19/2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la República"; el ordinario N° 6, de fecha 4 de enero de 2017, del Secretario Regional Ministerial de Desarrollo Social de la Región del Biobío, y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre la exención del trámite de Toma de Razón; y demás antecedentes tenidos a la vista.

Considerando:

Que, el literal a) del artículo 81 del decreto con fuerza ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, establece que la autoridad facultada para hacer el nombramiento podrá determinar otro orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza.

Que, la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, contenida entre otros, en el dictamen N° 17.612, de fecha 20 de junio de 1990, ha establecido que tratándose de cargos de exclusiva confianza, cuyo es el caso del Secretario Regional Ministerial, la autoridad podrá designar como subrogantes, a funcionarios que integran reparticiones o instituciones distintas, con tal que éstas dependan o se relacionen con el mismo ministerio al cual se vincula el funcionario subrogado.

Que, en este contexto, se establecerá un nuevo orden de subrogación para el desempeño del cargo de Secretario Regional Ministerial Región del Biobío perteneciente a la Subsecretaría de Servicios Sociales.

Decreto:

  1. - Derógase a contar de esta fecha el decreto exento N° 121, de fecha 19 de agosto de 2016, del Ministerio de Desarrollo Social, que fijó...

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