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Decreto núm. 2162 EXENTO, publicado el 09 de Noviembre de 2016. APRUEBA TEXTO OFICIAL DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE TRIBUNALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyDecreto

APRUEBA TEXTO OFICIAL DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE TRIBUNALES

Santiago, 4 de noviembre de 2016.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 2.162 exento.

Vistos:

Estos antecedentes, lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue aprobado a través del decreto Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado por el DFL Nº 1/19.653, del año 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en los artículos , , 13, 14 y 24 de la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el artículo , letra v) del decreto ley Nº 3.346, de 1980, que fija el texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; en el artículo letra r) del decreto supremo Nº 1.597, de 1980, del Ministerio de Justicia, que fija el Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en el artículo 2º de la ley Nº 8.828, de 1947; en el decreto supremo Nº 4.862, de 1959, del Ministerio de Justicia, que aprueba Reglamento para la edición de códigos por la Editorial Jurídica de Chile; la facultad conferida en el decreto supremo Nº 19, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, del año 2001; en la ley Nº 20.876 que crea juzgados que indica y modifica la composición de diversos Tribunales de Justicia, del año 2015; en la ley Nº 20.886 que modifica el Código de Procedimiento Civil, para establecer la tramitación digital de los procedimientos judiciales, del año 2015; en la ley Nº 20.880 sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses, del año 2016; en la ley Nº 20.945 que perfecciona el Sistema de Defensa de la Libre Competencia, del año 2016; en los oficios Ord. Nº 8 y Nº 9, de 2016, del Director Editor de Códigos de la Editorial Jurídica de Chile; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y,

Considerando:

  1. - Que, conforme a lo establecido en el artículo letra v), del decreto ley Nº 3.346, de 1980, que fija el texto de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia, es función de esta Secretaría de Estado aprobar el texto oficial de los Códigos y autorizar sus ediciones oficiales.

  2. - Que, con fecha 6...

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