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Decreto núm. 207, publicado el 05 de Enero de 2018. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA COMUNICACIONES WAM LIMITADA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA COMUNICACIONES WAM LIMITADA

Santiago, 19 de octubre de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 207.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.

  3. La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. Resolución exenta N° 517, de 2001, de esta Subsecretaría, que fija norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 5.725 - 5.850 MHz y sus modificaciones posteriores.

  5. La resolución exenta N° 1.558, de 2008, que fija norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 5.250 - 5.350 MHz y 5.470 - 5.725 MHz y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 13.197, de 25.01.2017, complementado por ingresos Subtel N° 43.303, de 30.03.2017, y N° 62.070, de 12.05.2017.

  7. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.

    Decreto:

    Otórgase una concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Comunicaciones Wam Limitada, RUT. N� 76.531.608-1, con domicilio en pasaje Michay N° 625, comuna de Villarrica, IX Región, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar seis (6) radioenlaces punto a multipunto, cuyas características se indican a continuación:

    2. Instalar, operar y explotar dos (2) radioenlaces punto a punto, cuyas características se indican a continuación:

    3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

      4 La presente autorización debe entenderse sin perjuicio de la aplicación al caso de la normativa de Vivienda y Urbanismo correspondiente y vigente al momento del presente acto administrativo.

    4. La zona de servicio de la concesión comprende la IX Región.

    5. El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del...

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