Decreto núm. 193 EXENTO, publicado el 30 de Junio de 2020. MODIFICA DECRETO Nº 130 EXENTO, DE 24 DE ABRIL DE 2020, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, QUE APRUEBA REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE GARANTÍA PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS EMPRESARIOS APLICABLE A LAS LÍNEAS DE GARANTÍA COVID-19 - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 845672582

Decreto núm. 193 EXENTO, publicado el 30 de Junio de 2020. MODIFICA DECRETO Nº 130 EXENTO, DE 24 DE ABRIL DE 2020, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, QUE APRUEBA REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE GARANTÍA PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS EMPRESARIOS APLICABLE A LAS LÍNEAS DE GARANTÍA COVID-19

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO Nº 130 EXENTO, DE 24 DE ABRIL DE 2020, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, QUE APRUEBA REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE GARANTÍA PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS EMPRESARIOS APLICABLE A LAS LÍNEAS DE GARANTÍA COVID-19

Núm. 193 exento.- Santiago, 26 de junio de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política de la República de Chile; en la Ley Nº 21.229, que Aumenta el capital del Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios (Fogape) y flexibiliza temporalmente sus requisitos; en el decreto ley Nº 3.472, de 1980, del Ministerio de Hacienda, que Crea el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios; en el artículo 87 del decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto exento Nº 130, de 24 de abril de 2020, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba Reglamento de administración del Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios aplicable a las líneas de garantía Covid-19; en el Reglamento de Administración del Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, de la Comisión para el Mercado Financiero; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, con fecha 24 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.229, que Aumenta el capital del Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios (Fogape) y flexibiliza temporalmente sus requisitos, regulación que modifica el decreto ley Nº 3.472, de 1980, del Ministerio de Hacienda, que Crea el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (en adelante, el "decreto ley Nº 3.472").

  2. Que, el referido decreto ley Nº 3.472, crea el Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios, el cual tiene por objeto garantizar los créditos, las operaciones de leasing y otros mecanismos de financiamiento autorizados al efecto por la Comisión para el Mercado Financiero, que las instituciones financieras públicas y privadas y el Servicio de Cooperación Técnica otorguen a los pequeños y medianos empresarios en la forma y condiciones allí señaladas y en el reglamento que dicte la mencionada Comisión.

  3. ...

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