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Decreto núm. 18, publicado el 09 de Enero de 2020. CRÉASE EL COMANDO DE INTELIGENCIA DEL EJÉRCITO DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA DEL EJÉRCITO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto

CRÉASE EL COMANDO DE INTELIGENCIA DEL EJÉRCITO DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA DEL EJÉRCITO

Santiago, 25 de enero de 2019.- Con esta fecha S.E. ha decretado lo siguiente:

Núm. 18.

Vistos:

El artículo 32°, N° 6 y 17, de la "Constitución Política de la República de Chile"; el artículo 47° letra a), de la ley N° 18.948 Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas; la ley N° 20.424, Orgánica del Ministerio de Defensa Nacional; la ley 19.974, sobre el Sistema de Inteligencia del Estado y que crea la Agencia Nacional de Inteligencia; el decreto supremo N° 1.266, de fecha 26.dic.1984, que establece la organización del Estado Mayor General del Ejército y deroga el Reglamento "Orgánico de Funcionamiento del Cuartel General del Ejército"; el decreto supremo N° 197, de fecha 03.dic.2009, que modifica la denominación de la Agrupación de Seguridad Militar del Ejército; el decreto supremo N° 429, de fecha 12.ago.2016, que modifica la denominación y dependencia de la Jefatura de Guerra Electrónica; el artículo 1° de la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y los Memorándum CJE.EMGE.DOE IIª (P) N° 12970/46, de fecha 23.oct.2018 y N° 12970/57, de fecha 28.nov.2018.

Considerando:

  1. - Lo previsto en el proceso de racionalización institucional, dirigido a mejorar la gestión del recurso humano destinado a optimizar aspectos administrativos, logísticos, de instrucción y entrenamiento, en beneficio de una mayor eficacia en el empleo de los medios de la Fuerza Terrestre con el objeto de conformar una Institución acorde a la realidad nacional e internacional.

  2. - La necesidad de disponer de un diseño organizacional que permita optimizar la gestión técnica, administrativa y financiera acorde a una mayor eficacia en los procesos, de acuerdo a las demandas de la administración del Estado, con transparencia y rigor técnico.

  3. - El imperativo de dotar a la Dirección de Inteligencia del Ejército de un Comando responsable de la Dirección y el Control, en todo el territorio nacional, de la totalidad de las operaciones y actividades que desarrollen las unidades de Inteligencia que componen el mencionado sistema.

  4. - Lo dispuesto en el artículo 5° de la ley 19.974 "Sobre el Sistema de Inteligencia del Estado y crea la Agencia Nacional de Inteligencia", en el sentido que todos los organismos que realicen tareas de inteligencia, se considerarán parte de la Dirección de Inteligencia del Ejército, sumando al importante incremento...

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