Decreto núm. 18, publicado el 07 de Abril de 2016. PROMULGA EL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ITALIANA SOBRE AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDAD LABORAL DE LOS FAMILIARES DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR Y TÉCNICO-ADMINISTRATIVO DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y REPRESENTACIONES CONSULARES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA EL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ITALIANA SOBRE AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDAD LABORAL DE LOS FAMILIARES DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR Y TÉCNICO-ADMINISTRATIVO DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y REPRESENTACIONES CONSULARES
Núm. 18.- Santiago, 16 de febrero de 2016.
Vistos:
Los Artículos 32, N° 15, y 54, N° 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que con fecha 13 de diciembre de 2013, se suscribió, en Roma, el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Italiana sobre Autorización para el Ejercicio de Actividad Laboral de los Familiares Dependientes del Personal Diplomático, Consular y Técnico-Administrativo de las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares.
Que dicho Acuerdo fue aprobado por el H. Congreso Nacional, según consta en el oficio N° 12.354, de 28 de enero de 2016.
Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 7, párrafo 1, del referido Acuerdo, y, en consecuencia, éste entrará en vigor internacional el 16 de marzo de 2016.
Decreto:
Promúlgase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Italiana sobre Autorización para el Ejercicio de Actividad Laboral de los Familiares Dependientes del Personal Diplomático, Consular y Técnico-Administrativo de las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares, suscrito en Roma, el 13 de diciembre de 2013; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Edgardo Riveros Marín, Ministro de Relaciones Exteriores (S).
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.
ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ITALIANA SOBRE AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDAD LABORAL DE LOS FAMILIARES DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR Y TÉCNICO-ADMINISTRATIVO DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y REPRESENTACIONES CONSULARES
El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Italiana, en adelante las "Partes", con el deseo de celebrar un Acuerdo, a fin de facilitar el ejercicio de actividad laboral por parte de los familiares dependientes del personal diplomático, consular y técnico-administrativo de las Misiones Diplomáticas y Consulares del Estado Acreditante en el territorio del Estado Receptor, han acordado lo que sigue:
Objeto del Acuerdo
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Los familiares dependientes que forman parte del núcleo familiar que vive con un funcionario diplomático, funcionario consular de carrera o miembro del personal técnico-administrativo de las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares de la República Italiana en la República de Chile, y de la República de Chile en la República Italiana, estarán autorizados por el Estado Receptor para realizar actividad laboral independiente o dependiente en el territorio de este último, en conformidad con las disposiciones del presente Acuerdo y sobre la base del principio de reciprocidad.
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Para los efectos del presente Acuerdo, la expresión "familiares" del párrafo precedente, se refiere a:
I) el/la cónyuge;
II) los hijos dependientes de 18 a 21 años;
III) los hijos dependientes de 22 a 25 años...
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