Decreto núm. 1797, publicado el 03 de Diciembre de 2016. APRUEBA ORDENANZA SOBRE AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE DE BASURAS, DESECHOS, ESCOMBROS O RESIDUOS DE CUALQUIER TIPO DENTRO DE LA COMUNA DE LONQUIMAY - MUNICIPALIDAD DE LONQUIMAY - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 701722101

Decreto núm. 1797, publicado el 03 de Diciembre de 2016. APRUEBA ORDENANZA SOBRE AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE DE BASURAS, DESECHOS, ESCOMBROS O RESIDUOS DE CUALQUIER TIPO DENTRO DE LA COMUNA DE LONQUIMAY

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LONQUIMAY
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ORDENANZA SOBRE AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE DE BASURAS, DESECHOS, ESCOMBROS O RESIDUOS DE CUALQUIER TIPO DENTRO DE LA COMUNA DE LONQUIMAY

Núm. 1.797.- Lonquimay, 22 de noviembre de 2016.

Vistos:

  1. Lo dispuesto en la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fuera aprobado por el DFL N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior; la ley N° 18.290, de Tránsito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fuera aprobado por el DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, y de Justicia; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la demás normativa aplicable.

  2. El artículo literal f) de la ley N° 18.695, citada en el visto, entrega a las Municipalidades, en el ámbito de su territorio, la función privativa del aseo y ornato de la comuna. Asimismo, el artículo 4°, del citado cuerpo legal, en su literal b), encarga a las Municipalidades para desarrollar, en el ámbito de su territorio, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, la función de salud pública y la protección al medio ambiente, y en su literal f), las funciones relacionadas con el transporte y tránsito públicos.

  3. El artículo 192 bis de la ley N° 18.290, de Tránsito, citada en el visto, sanciona el transporte, traslado o depósito de basuras, desechos o residuos de cualquier tipo, hacia o en la vía pública, sitios eriazos, en vertederos o depósitos clandestinos o ilegales, o en los bienes nacionales de uso público.

  4. El inciso quinto del ya citado artículo 192 bis, establece que: "Las Municipalidades dictarán una ordenanza que regule las autorizaciones para transportar basura, desechos, escombros o residuos de cualquier tipo, estableciendo los requisitos y el procedimiento para conceder dicha autorización y la obligación de portarla en el vehículo, en los casos que corresponda. El transporte señalado se regirá por lo dispuesto en la ordenanza municipal correspondiente a la comuna donde se genera la basura, desechos, escombros o residuos. Lo anterior es sin perjuicio de las demás exigencias y autorizaciones que se requieran, en conformidad a la normativa vigente".

  5. La sesión ordinaria N° 140 de 18 de noviembre 2016 del Concejo Municipal de Lonquimay.

  6. El Acuerdo de Concejo N° 904 de fecha 18/11/2016 del Concejo Municipal de Lonquimay.

  7. Resolución 1.600/2008 de la Contraloría General de La República, sobre trámite de exención de toma de razón,

    Decreto:

  8. Apruébese, la presente ordenanza municipal sobre: "Autorización de transporte de basuras, desechos, escombros o residuos de cualquier tipo dentro de la Comuna de Lonquimay".

  9. La presente ordenanza comenzará a regir desde su fecha de publicación en el diario de mayor circulación.

    ORDENANZA LOCAL SOBRE "AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE DE BASURAS, DESECHOS, ESCOMBROS O RESIDUOS DE CUALQUIER TIPO DENTRO DE LA COMUNA DE LONQUIMAY"

  10. Apruébese, la presente ordenanza municipal sobre: "Autorización de transporte de basuras, desechos, escombros o residuos de cualquier tipo dentro de la Comuna de Lonquimay".

  11. La presente ordenanza comenzará a regir desde su fecha de publicación en el diario de mayor circulación.

    ORDENANZA LOCAL SOBRE "AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE DE BASURAS, DESECHOS, ESCOMBROS O RESIDUOS DE CUALQUIER TIPO DENTRO DE LA COMUNA DE LONQUIMAY"

    Art. 1°.- La presente ordenanza tiene como objetivo regular el transporte de basura, desechos, escombros y residuos de cualquier naturaleza para que sean depositados en sitios autorizados por la Municipalidad de Lonquimay (Vertederos).

Artículo 2°

El que transporte basura, desechos, escombros o residuos de cualquier tipo, generados en la comuna, deberá solicitar autorización a la Dirección de Obras Municipal, en forma previa a realizar el transporte.

Artículo 3°

La...

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