Decreto núm. 175, publicado el 19 de Febrero de 2016. PROMULGA EL ACUERDO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 593898986

Decreto núm. 175, publicado el 19 de Febrero de 2016. PROMULGA EL ACUERDO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE

Núm. 175.- Santiago, 2 de diciembre de 2015.

Vistos:

Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 26 de noviembre de 2015, el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, suscribieron, en Londres, el Acuerdo de Aplicación del Convenio de Seguridad Social de 13 de marzo de 2012 celebrado entre las mismas Partes.

Que dicho Acuerdo de Aplicación se adoptó en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 del aludido Convenio de Seguridad Social, publicado en el Diario Oficial de 18 de junio de 2015.

Que de conformidad a lo previsto en el artículo 8 del referido Acuerdo de Aplicación, éste entró en vigor el 1 de junio de 2015, fecha de entrada en vigor internacional del ya mencionado Convenio de Seguridad Social.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase el Acuerdo de Aplicación del Convenio de Seguridad Social entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Reino de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, suscrito entre las mismas Partes, en Londres, el 26 de noviembre de 2015; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandon, Embajador, Director General Administrativo.

ACUERDO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE

Con el propósito de aplicar el Convenio de Seguridad Social entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, conforme al artículo 10 del citado convenio, las Autoridades Competentes de las Partes han establecido el siguiente acuerdo administrativo, en adelante "el Acuerdo".

PARTE I
Disposiciones generales Artículos 1 a 7
Artículo 1
  1. Para los fines de este Acuerdo, el término "Convenio" corresponde al Convenio de Seguridad Social entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, suscrito en Santiago de Chile el 13 de marzo de 2012.

  2. Otros términos y expresiones que se utilicen en este Acuerdo tendrán el mismo significado que se establezca en el Convenio.

Artículo 2
  1. Conforme al artículo 10(1)(b), las siguientes entidades actuarán como Organismos de Enlace a fin de aplicar el Convenio:

    a. En la República de Chile

    La...

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