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Decreto núm. 174, publicado el 09 de Noviembre de 2017. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS FIJO POR SATÉLITE A LA EMPRESA TESAM CHILE S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS FIJO POR SATÉLITE A LA EMPRESA TESAM CHILE S.A.

Santiago, 14 de agosto de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 174.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. La resolución exenta Nº 6.966, de 2009, que Fija Norma Técnica para el uso de frecuencias que indica por el Servicio Fijo de Satélite, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 126.532, de 05.10.2016, complementado por ingreso Subtel Nº 22.319, de 13.02.2017.

  7. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de otorgamiento de la concesión.

    Decreto:

    Otórgase concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos Fijo por Satélite, a la empresa Tesam Chile S.A., RUT Nº 96.880.440-5, con domicilio en Avenida del Valle Sur Nº 576, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar Estaciones Terrenas del tipo VSAT, cuyas características se indican a continuación:

      Las conexiones a las redes públicas existentes, serán a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.

    2. El periodo de vigencia de la concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto. La zona de servicio comprenderá todo el territorio nacional.

    3. Los plazos máximos se indican a continuación:

    4. Apruébase el proyecto técnico presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva...

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