Decreto núm. 1687, publicado el 02 de Abril de 2018. OTORGA PLAZO PARA EFECTUAR LIMPIEZA E HIGIENE EN PROPIEDAD QUE INDICA - MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 707280993

Decreto núm. 1687, publicado el 02 de Abril de 2018. OTORGA PLAZO PARA EFECTUAR LIMPIEZA E HIGIENE EN PROPIEDAD QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LAS CONDES
Rango de LeyDecreto

OTORGA PLAZO PARA EFECTUAR LIMPIEZA E HIGIENE EN PROPIEDAD QUE INDICA

Núm. 1.687 Secc. 1ª.- Las Condes, 16 de marzo de 2018.

Vistos y teniendo presente:

El Ingreso Insp. N° 2099, de fecha 7 de diciembre de 2017; las visitas efectuadas por profesionales del Departamento de Inspección de la Dirección de Obras a la propiedad ubicada en calle Augusto Leguía Sur N° 128, Rol de Avalúo N° 236-11, perteneciente a Joaquín Villarino Ramírez, con domicilio desconocido, verificando el estado de abandono, poca higiene y limpieza de la propiedad antes mencionada; el Inf. DOM N° 227/2017, de fecha 5 de diciembre de 2017, de la Directora de Obras; las fotografías que constatan lo anterior, el decreto Alcaldicio Sección 1 a N° 4.949, de fecha 20.12.2010; el artículo 2.5.1 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; lo dispuesto en los artículos 45 inciso , 48 letra c) e inciso final y 49 de la ley N° 19.880, y en uso de las facultades que me confieren los Art. 56 y 63 del DFL N° 1 del Ministerio del Interior, de fecha 9 de mayo de 2006, publicada en el Diario Oficial de 26 de julio de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Decreto:

  1. - Otorgar un plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de notificación del presente decreto, para efectuar la limpieza e higiene, reparación del cierro perimetral y las acciones requeridas para mantener en adecuadas condiciones la propiedad ubicada en calle Augusto Leguía Sur N° 128, Rol de Avalúo N° 236-11, perteneciente a Joaquín Villarino Ramírez, con domicilio desconocido.

  2. - Si vencido el plazo otorgado, el propietario del inmueble no hubiere dado cumplimiento al presente decreto, el Alcalde, mediante decreto alcaldicio fundado, podrá declararla Propiedad Abandonada y, asimismo, podrá realizar mantenciones, higiene y...

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