Decreto núm. 1608 EXENTO, publicado el 14 de Noviembre de 2014. INICIA PROCESO INVALIDATORIO DEL DECRETO ALCALDICIO N° 677, DE 2010, POR EL CUAL SE ASIGNAN LOS USOS DE SUELO QUE INDICA - MUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 543754330

Decreto núm. 1608 EXENTO, publicado el 14 de Noviembre de 2014. INICIA PROCESO INVALIDATORIO DEL DECRETO ALCALDICIO N° 677, DE 2010, POR EL CUAL SE ASIGNAN LOS USOS DE SUELO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA
Rango de LeyDecreto

INICIA PROCESO INVALIDATORIO DEL DECRETO ALCALDICIO N° 677, DE 2010, POR EL CUAL SE ASIGNAN LOS USOS DE SUELO QUE INDICA

Núm. 1.608 exento.- Antofagasta, 16 de octubre de 2014.- Vistos: El decreto alcaldicio exento N° 677/2010, de fecha 16 de junio de 2010, por el cual se asignan los usos de suelo que se indican al sector denominado Avda. Edmundo Pérez Zujovic N° 3925 de Antofagasta, de propiedad de la Empresa Edelnor S.A., a uso de suelo asimilado a zonificación C1B definido en la Ordenanza Local del Plan Regulador Vigente del año 2002, según lo establecido en el artículo 2.1.14 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; el Informe N° 181/2013, del 5 de septiembre de 2013, de la Dirección de Asesoría Jurídica; el Ord. (E) N° 786/2013, del 4 de abril de 2013, de Alcaldía; el oficio N° 054778, del 27 de agosto de 2013, de la Contraloría

General de la República; el Informe N° 560/2013, del 6 de septiembre del 2013, de la Dirección de Asesoría Jurídica; el Ordinario (E) N° 1.987/2013, del 6 de septiembre de 2013, de Alcaldía; el Dictamen N° 004083N14, del 17 de enero del 2014, de la Contraloría General de la República; la Orden de Servicio A-14-11.261, O.S. Alc. 1.914, del 26 de septiembre de 2014, de Alcaldía, por el cual instruye iniciar el proceso invalidatorio del decreto alcaldicio N° 677/2010 ex.; el Oficio N° 527/2014, del 6 de octubre de 2014, de la Dirección de Asesoría Jurídica; las instrucciones impartidas mediante Orden de Servicio A-14-11.262, de fecha 6 de octubre de 2014, para la dictación del decreto alcaldicio respectivo; lo establecido en el artículo 53 de la Ley N° 19.880 y artículo 12 de la ley N° 18.695; y en uso de las facultades legales que me confiere el DFL Nº1, de fecha 9 de mayo de 2006, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, dicto el siguiente:

Decreto:

  1. Iníciese proceso invalidatorio del decreto alcaldicio N°...

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