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Decreto núm. 158, publicado el 18 de Febrero de 2019. NOMBRA Y DESTINA EMBAJADOR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

NOMBRA Y DESTINA EMBAJADOR

Núm. 158.- Santiago, 30 de mayo de 2018.

Vistos:

La Constitución Política de la República, artículo 32 Nº 8; la ley N° 21.053 sobre Presupuesto del sector Público año 2018; el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.834 sobre el Estatuto Administrativo; el DFL N° 33, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores; los decretos N°s 18 y 49, de 2018, del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución N° 44, de 2018, de esta Subsecretaría de Relaciones Exteriores; las resoluciones N°s 1.600, de 2008, 30 de 2015, y 10 de 2017, ambas de la Contraloría General de la República y las necesidades del servicio,

Considerando:

  1. Que mediante decreto Nº 18, de 2018, se dispuso la aceptación de la renuncia del señor Cristián Barros Melet, al cargo de Embajador 1ª Categoría Exterior, a contar del 10 de marzo de 2018.

  2. Que por decreto Nº 49, de 2018, se dispuso la adscripción de la señora Mónica Eliana del Niño Jesús Jiménez de la Jara, al cargo de Embajador 1ª Categoría Exterior, desde la Embajada de Chile ante el Gobierno de Israel, a contar del 10 de marzo de 2018.

  3. Que mediante resolución Nº 44, de 2018, se aceptó la renuncia del señor Rodrigo Javier Fernández Gaete, al cargo de Ministro Consejero o Cónsul General de 1ª Clase, 2ª Categoría Exterior, a contar del 1 de julio de 2018.

    Decreto:

  4. Nómbrase al señor Rodrigo Javier Fernández Gaete (RUN Nº 6.065.812-9), Embajador 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores.

  5. Destínase al señor Rodrigo Javier Fernández Gaete, Embajador 1ª Categoría Exterior, para que preste servicios como Embajador de Chile ante el Gobierno de Israel.

  6. La persona indicada deberá rendir la fianza legal establecida en el artículo 68 de la Ley Nº 10.336, Orgánica de la Contraloría General de la República, y contará con firma electrónica avanzada o simple para firmar el informe mensual de la rendición de cuentas, conforme a lo señalado en la resolución Nº 30, de 2015, de la Contraloría General de la República.

  7. Los efectos del presente decreto rigen a contar del 1 de julio de 2018.

  8. Por razones impostergables de buen servicio, la persona antes individualizada asumirá...

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