Decreto núm. 154, publicado el 29 de Agosto de 2016. MODIFICA EL DECRETO SUPREMO N° 452, DE 2013, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y ESTABLECE BASES CURRICULARES PARA LA EDUCACIÓN MEDIA FORMACIÓN DIFERENCIADA TÉCNICO-PROFESIONAL, EN LA ESPECIALIDAD DE MECÁNICA DE MANTENIMIENTO DE AERONAVES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA EL DECRETO SUPREMO N° 452, DE 2013, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y ESTABLECE BASES CURRICULARES PARA LA EDUCACIÓN MEDIA FORMACIÓN DIFERENCIADA TÉCNICO-PROFESIONAL, EN LA ESPECIALIDAD DE MECÁNICA DE MANTENIMIENTO DE AERONAVES
Núm. 154.- Santiago, 20 de mayo de 2016.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado fue fijado mediante el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en la ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Educación; en el decreto supremo N° 220, de 1998, del Ministerio de Educación; en el decreto supremo N° 452, de 2013, del Ministerio de Educación; en el decreto exento N° 2.516, de 2007, del Ministerio de Educación; en el acuerdo N° 79, de 2015, del Consejo Nacional de Educación; en el ordinario N° 28/2016, de 8 de abril de 2016, de la Coordinadora de la Unidad de Currículum y Evaluación; y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
Que, el artículo 30 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, establece los objetivos generales de la educación media, formación diferenciada técnico-profesional que, en conformidad al artículo 31, inciso primero, del mismo decreto con fuerza de ley, corresponde al Presidente de la República, mediante decreto supremo dictado a través del Ministerio de Educación, previa aprobación del Consejo Nacional de Educación, establecer las bases curriculares para la educación parvularia, básica y media.
Que, el Ministerio de Educación dictó el decreto supremo N° 452, de 2013, el cual establece las Bases Curriculares para la Educación Media Formación Diferenciada Técnico Profesional para 34 especialidades con sus respectivas menciones.
Que, el Consejo Nacional de Educación, a través del acuerdo N° 79, de 2015, aprobó la propuesta de Bases Curriculares de la Educación Media, Formación Diferenciada Técnico Profesional correspondientes a la especialidad Mecánica de Mantenimiento de Aeronaves, presentada por el Ministerio de Educación.
Que, el Ministerio de Educación deberá elaborar planes y programas de estudio de acuerdo a las bases curriculares que se establecen en el presente decreto.
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso quinto del mencionado artículo 31, los establecimientos educacionales tendrán libertad para desarrollar planes y programas de estudio propios que consideren adecuados para el cumplimiento de los objetivos definidos en las bases curriculares y de los complementarios que cada uno de ellos fije.
Decreto:
Establézcanse las siguientes Bases Curriculares para la Educación Media Formación Diferenciada Técnico Profesional de la especialidad de Mecánica de Mantenimiento...
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