Decreto núm. 14T, publicado el 30 de Noviembre de 2018. FIJA DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA OBRA NUEVA DENOMINADA: 'NUEVA S/E SECCIONADORA ALGARROBAL 220 KV', PERTENECIENTE AL SISTEMA DE TRANSMISIÓN NACIONAL A LA EMPRESA ADJUDICATARIA QUE INDICA - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 747798461

Decreto núm. 14T, publicado el 30 de Noviembre de 2018. FIJA DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA OBRA NUEVA DENOMINADA: 'NUEVA S/E SECCIONADORA ALGARROBAL 220 KV', PERTENECIENTE AL SISTEMA DE TRANSMISIÓN NACIONAL A LA EMPRESA ADJUDICATARIA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

FIJA DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA OBRA NUEVA DENOMINADA: "NUEVA S/E SECCIONADORA ALGARROBAL 220 KV", PERTENECIENTE AL SISTEMA DE TRANSMISIÓN NACIONAL A LA EMPRESA ADJUDICATARIA QUE INDICA

Núm. 14T.- Santiago, 7 de septiembre de 2018.

Vistos:

Lo dispuesto en el DL N° 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en el decreto con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N°1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e indistintamente la "Ley"; en la Ley N° 20.936, que establece un nuevo sistema de transmisión eléctrica y crea un organismo coordinador independiente del sistema eléctrico nacional, en adelante e indistintamente la "Ley N° 20.936"; en el decreto supremo N° 48, de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el reglamento que fija el procedimiento para la realización del estudio de transmisión troncal; en el decreto supremo N° 327, de 1997, del Ministerio de Minería, que Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos; en el decreto exento N° 422, de 9 de agosto de 2017, modificado por el decreto N° 23, de 1° de febrero de 2018, ambos del Ministerio de Energía, en adelante e indistintamente el "decreto exento N° 422", que Fija Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Nacional para los doce meses siguientes; en la resolución exenta N° 518, de 21 de septiembre de 2017, modificada por las resoluciones exentas N° 720, de fecha 15 de diciembre de 2017; N° 56, de fecha 31 de enero de 2018, y N° 158, de fecha 23 de febrero de 2018, todas de la Comisión Nacional de Energía, que aprueba las Bases de Licitación de las Obras Nuevas contempladas en el decreto exento N° 422, de 2017 del Ministerio de Energía, en adelante e indistintamente las "Bases" o las "Bases de Licitación"; en lo informado por el Coordinador Eléctrico Nacional, en adelante e indistintamente el "Coordinador", en su carta DE 02174-18, de 29 de mayo de 2018; en lo dispuesto en la resolución exenta N° 417, de 6 de junio de 2018, de la Comisión Nacional de Energía, que Aprueba Informe Técnico de Antecedentes de Licitación y Adjudicación de la Obra Nueva denominada "Nueva S/E Seccionadora Algarrobal 220 kV", establecida en el decreto exento N° 422, de 2017, del Ministerio de Energía, enviada al Ministerio de Energía, en adelante e indistintamente el "Ministerio", mediante el oficio CNE Of. Ord. N° 333/2018, de fecha 6 de junio de 2018, rectificada por la resolución exenta N° 584, de 10 de agosto de 2018, de la Comisión Nacional de Energía, remitida al Ministerio, mediante el oficio CNE Of. Ord. N° 459/2018, de 10 de agosto de 2018; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 99° y siguientes de la Ley, en su texto vigente antes de la dictación de la Ley N° 20.936, el Ministerio, mediante el decreto exento N° 422, fijó las obras nuevas referidas al Sistema Interconectado Central y al Sistema Interconectado del Norte Grande, como parte del Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Nacional, para el Período 2016-2017.

  2. Que, con fecha 20 de julio de 2016 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 20.936, que modificó el régimen legal existente para la planificación, licitación, ejecución y explotación de las obras pertenecientes al Sistema de Transmisión Troncal, hoy Sistema de Transmisión Nacional.

  3. Que, el artículo octavo transitorio de la Ley N° 20.936 estableció que las normas contenidas en los artículos 87° y siguientes de la Ley, relativas a la planificación de la transmisión, entrarán en vigencia a partir del 1 de enero de 2017, por tanto, la licitación de las obras nuevas contenidas en el decreto exento N° 422 se realizó de conformidad a lo dispuesto por los artículos 95° y siguientes de la Ley, en su texto vigente antes de la dictación de la Ley N° 20.936.

  4. Que, según lo dispuesto en el artículo 96° de la Ley vigente a esa época, el Ministerio, mediante decreto expedido bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", debe fijar a) los derechos y condiciones de ejecución y explotación de la obra nueva; b) la empresa adjudicataria; c) las características técnicas del proyecto; d) la fecha de entrada en operación; e) el valor de la transmisión por tramo de las nuevas obras, conforme al resultado de la licitación, y f) las fórmulas de indexación del valor señalado en la letra e) anterior.

  5. Que, la Comisión Nacional de Energía, en adelante e indistintamente la "Comisión", mediante su oficio CNE Of. Ord. N° 333/2018, de 6 de junio de 2018, remitió al Ministerio su resolución exenta N° 417, de 6 de junio de 2018, que aprobó el Informe Técnico de Antecedentes de Licitación y Adjudicación de la Obra Nueva denominada "Nueva S/E Seccionadora Algarrobal 220 kV".

  6. Que la referida resolución exenta N° 417, de 6 de junio de 2018, fue rectificada por la resolución exenta N° 584, de 10 de agosto de 2018, de la Comisión, remitida al Ministerio mediante el oficio CNE Of. Ord. N° 459/2018, de 10 de agosto de 2018.

    Decreto:

    1. Fíjase a Engie Energía Chile S.A. como Empresa Adjudicataria de la obra nueva denominada "Nueva S/E Seccionadora Algarrobal 220 kV".

      La Empresa Adjudicataria deberá constituirse en Chile como Sociedad Anónima Abierta de giro exclusivo de transmisión o transporte de energía eléctrica (SAGET) y pactar la solidaridad con dicha SAGET dentro de los 30 días siguientes a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial, de acuerdo a lo establecido en los numerales 7.1 y 8.2.7 de las Bases.

    2. Fíjanse los derechos de ejecución y explotación de la obra nueva denominada "Nueva S/E Seccionadora Algarrobal 220 kV", en adelante e indistintamente el "Proyecto", del plan de expansión del Sistema de Transmisión Nacional, establecido mediante decreto exento N° 422, a la Empresa Adjudicataria.

    3. Fíjanse las siguientes condiciones para la ejecución del Proyecto.

  7. Hitos Relevantes del Proyecto.

    Los hitos relevantes que deberá cumplir la Empresa Adjudicataria para la correcta ejecución del Proyecto son los siguientes:

    1. Hito Relevante N° 1: Estudio que determina las especificaciones de detalle del Proyecto.

      Corresponde a la entrega del Estudio que determina las especificaciones de detalle del Proyecto, las cuales...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR