Decreto núm. 14T, publicado el 30 de Noviembre de 2018. FIJA DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA OBRA NUEVA DENOMINADA: 'NUEVA S/E SECCIONADORA ALGARROBAL 220 KV', PERTENECIENTE AL SISTEMA DE TRANSMISIÓN NACIONAL A LA EMPRESA ADJUDICATARIA QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ENERGÍA |
Rango de Ley | Decreto |
FIJA DERECHOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA OBRA NUEVA DENOMINADA: "NUEVA S/E SECCIONADORA ALGARROBAL 220 KV", PERTENECIENTE AL SISTEMA DE TRANSMISIÓN NACIONAL A LA EMPRESA ADJUDICATARIA QUE INDICA
Núm. 14T.- Santiago, 7 de septiembre de 2018.
Vistos:
Lo dispuesto en el DL N° 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en el decreto con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N°1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e indistintamente la "Ley"; en la Ley N° 20.936, que establece un nuevo sistema de transmisión eléctrica y crea un organismo coordinador independiente del sistema eléctrico nacional, en adelante e indistintamente la "Ley N° 20.936"; en el decreto supremo N° 48, de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el reglamento que fija el procedimiento para la realización del estudio de transmisión troncal; en el decreto supremo N° 327, de 1997, del Ministerio de Minería, que Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos; en el decreto exento N° 422, de 9 de agosto de 2017, modificado por el decreto N° 23, de 1° de febrero de 2018, ambos del Ministerio de Energía, en adelante e indistintamente el "decreto exento N° 422", que Fija Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Nacional para los doce meses siguientes; en la resolución exenta N° 518, de 21 de septiembre de 2017, modificada por las resoluciones exentas N° 720, de fecha 15 de diciembre de 2017; N° 56, de fecha 31 de enero de 2018, y N° 158, de fecha 23 de febrero de 2018, todas de la Comisión Nacional de Energía, que aprueba las Bases de Licitación de las Obras Nuevas contempladas en el decreto exento N° 422, de 2017 del Ministerio de Energía, en adelante e indistintamente las "Bases" o las "Bases de Licitación"; en lo informado por el Coordinador Eléctrico Nacional, en adelante e indistintamente el "Coordinador", en su carta DE 02174-18, de 29 de mayo de 2018; en lo dispuesto en la resolución exenta N° 417, de 6 de junio de 2018, de la Comisión Nacional de Energía, que Aprueba Informe Técnico de Antecedentes de Licitación y Adjudicación de la Obra Nueva denominada "Nueva S/E Seccionadora Algarrobal 220 kV", establecida en el decreto exento N° 422, de 2017, del Ministerio de Energía, enviada al Ministerio de Energía, en adelante e indistintamente el "Ministerio", mediante el oficio CNE Of. Ord. N° 333/2018, de fecha 6 de junio de 2018, rectificada por la resolución exenta N° 584, de 10 de agosto de 2018, de la Comisión Nacional de Energía, remitida al Ministerio, mediante el oficio CNE Of. Ord. N° 459/2018, de 10 de agosto de 2018; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
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Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 99° y siguientes de la Ley, en su texto vigente antes de la dictación de la Ley N° 20.936, el Ministerio, mediante el decreto exento N° 422, fijó las obras nuevas referidas al Sistema Interconectado Central y al Sistema Interconectado del Norte Grande, como parte del Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Nacional, para el Período 2016-2017.
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Que, con fecha 20 de julio de 2016 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 20.936, que modificó el régimen legal existente para la planificación, licitación, ejecución y explotación de las obras pertenecientes al Sistema de Transmisión Troncal, hoy Sistema de Transmisión Nacional.
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Que, el artículo octavo transitorio de la Ley N° 20.936 estableció que las normas contenidas en los artículos 87° y siguientes de la Ley, relativas a la planificación de la transmisión, entrarán en vigencia a partir del 1 de enero de 2017, por tanto, la licitación de las obras nuevas contenidas en el decreto exento N° 422 se realizó de conformidad a lo dispuesto por los artículos 95° y siguientes de la Ley, en su texto vigente antes de la dictación de la Ley N° 20.936.
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Que, según lo dispuesto en el artículo 96° de la Ley vigente a esa época, el Ministerio, mediante decreto expedido bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", debe fijar a) los derechos y condiciones de ejecución y explotación de la obra nueva; b) la empresa adjudicataria; c) las características técnicas del proyecto; d) la fecha de entrada en operación; e) el valor de la transmisión por tramo de las nuevas obras, conforme al resultado de la licitación, y f) las fórmulas de indexación del valor señalado en la letra e) anterior.
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Que, la Comisión Nacional de Energía, en adelante e indistintamente la "Comisión", mediante su oficio CNE Of. Ord. N° 333/2018, de 6 de junio de 2018, remitió al Ministerio su resolución exenta N° 417, de 6 de junio de 2018, que aprobó el Informe Técnico de Antecedentes de Licitación y Adjudicación de la Obra Nueva denominada "Nueva S/E Seccionadora Algarrobal 220 kV".
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Que la referida resolución exenta N° 417, de 6 de junio de 2018, fue rectificada por la resolución exenta N° 584, de 10 de agosto de 2018, de la Comisión, remitida al Ministerio mediante el oficio CNE Of. Ord. N° 459/2018, de 10 de agosto de 2018.
Decreto:
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Fíjase a Engie Energía Chile S.A. como Empresa Adjudicataria de la obra nueva denominada "Nueva S/E Seccionadora Algarrobal 220 kV".
La Empresa Adjudicataria deberá constituirse en Chile como Sociedad Anónima Abierta de giro exclusivo de transmisión o transporte de energía eléctrica (SAGET) y pactar la solidaridad con dicha SAGET dentro de los 30 días siguientes a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial, de acuerdo a lo establecido en los numerales 7.1 y 8.2.7 de las Bases.
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Fíjanse los derechos de ejecución y explotación de la obra nueva denominada "Nueva S/E Seccionadora Algarrobal 220 kV", en adelante e indistintamente el "Proyecto", del plan de expansión del Sistema de Transmisión Nacional, establecido mediante decreto exento N° 422, a la Empresa Adjudicataria.
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Fíjanse las siguientes condiciones para la ejecución del Proyecto.
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Hitos Relevantes del Proyecto.
Los hitos relevantes que deberá cumplir la Empresa Adjudicataria para la correcta ejecución del Proyecto son los siguientes:
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Hito Relevante N° 1: Estudio que determina las especificaciones de detalle del Proyecto.
Corresponde a la entrega del Estudio que determina las especificaciones de detalle del Proyecto, las cuales...
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