Decreto núm. 149, publicado el 06 de Diciembre de 2016. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 65, DE 2004, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE APROBÓ EL REGLAMENTO DEL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO CULTURAL Y LAS ARTES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 654760777

Decreto núm. 149, publicado el 06 de Diciembre de 2016. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 65, DE 2004, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE APROBÓ EL REGLAMENTO DEL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO CULTURAL Y LAS ARTES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 65, DE 2004, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE APROBÓ EL REGLAMENTO DEL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO CULTURAL Y LAS ARTES

Núm. 149.- Santiago, 19 de mayo de 2016.

Considerando:

Que, la Ley Nº 19.891, creó el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, que tiene por misión promover un desarrollo cultural, armónico y equitativo entre los habitantes del país, a través del fomento y difusión de la creación artística nacional, así como de la preservación, promoción y difusión del patrimonio cultural chileno, adoptando iniciativas públicas que promuevan una participación activa de la ciudadanía en el logro de tales fines;

Que, mediante el oficio Ord. Nº 276, de 12 de febrero de 2016, el Ministro Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, ha solicitado en aras de la búsqueda de una adecuada ejecución de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes (FONDART), una modificación al reglamento de dicho fondo, contenido en el decreto supremo Nº 65, de 2004 de esta Secretaría de Estado, en orden a permitir la realización del seguimiento de los proyectos nacionales del FONDART, desde el nivel central del Consejo, sin perjuicio de las facultades de las Direcciones Regionales en materia de los casos de los fondos y concursos regionales;

Que, en mérito de lo anterior se hace necesario modificar dicho reglamento para la adecuada ejecución de los recursos del Fondo, y lograr, así, el cumplimiento eficaz, eficiente y oportuno de los objetivos que la ley le asigna, y;

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la Ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.891, que creó el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; el decreto supremo Nº 65, de 2004, del Ministerio de Educación y sus modificaciones; el oficio Ord. Nº 1.663, de 04/10/2016, del Ministro Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; el Oficio Ord. Nº 1.706, de 07/10/2016, del Departamento Jurídico del Consejo Nacional de la cultura y las Artes y la resolución Nº 1.600, de 2008 de la Contraloría...

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