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Decreto núm. 148, publicado el 23 de Diciembre de 2017. APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES PARA EL PERSONAL DE LA FISCALÍA NACIONAL ECONÓMICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES PARA EL PERSONAL DE LA FISCALÍA NACIONAL ECONÓMICA

Núm. 148.- Santiago, 24 de noviembre de 2017.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 47 del decreto con fuerza de ley Nº1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que contiene el texto refundido, coordinado y sistematizado de ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; los artículos 32 a 52, del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la facultad que me confiere el artículo 32, Nº 6, del decreto Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; en el decreto supremo Nº 1.825, de 1998, del Ministerio del Interior, que aprueba el Reglamento de Calificaciones del Personal afecto al Estatuto Administrativo, y lo dispuesto en las resoluciones Nos 1.600, de 2008, y 10, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. - Que mediante el decreto ley Nº 211, se creó la Fiscalía Nacional Económica, también denominada FNE, como un órgano descentralizado, encargado de velar por la libre competencia, defender y promover la competencia en todos los mercados o sectores productivos de la economía chilena, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

  2. - Que conforme lo dispone el artículo 37 del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y en relación con el artículo 47 del decreto con fuerza de ley Nº1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado, podrán dictarse reglamentaciones especiales de calificación para los organismos o servicios públicos.

  3. - Que, dadas las características de la Fiscalía Nacional Económica, en cuanto a la naturaleza técnica de la labor que desarrolla, se hace necesario establecer normas que regulen de manera especial la calificación del desempeño de los funcionarios y funcionarias del Servicio.

Decreto:

Apruébese el siguiente Reglamento Especial de Calificaciones para el Personal de la Fiscalía Nacional Económica.

Artículo 1°

Este Reglamento establece las normas especiales sobre la calificación del personal que regirá a la Fiscalía Nacional Económica, aplicándose en lo no previsto las normas contenidas en el Reglamento de Calificaciones del Personal afecto al Estatuto Administrativo, aprobado por el decreto supremo Nº 1.825, de 1998, del Ministerio del Interior.

Artículo 2°

Corresponderá a la institución diseñar y al Fiscal Nacional Económico aprobar mediante resolución los modelos de hoja de vida, hoja de informe de evaluación, hoja de precalificación, hoja de calificaciones y los elementos auxiliares del Sistema de Calificaciones, los que podrán ser digitales o en papel.

Asimismo, a...

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