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Decreto núm. 144 EXENTO, publicado el 18 de Julio de 2018. DETERMINA NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE AGRICULTURA DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyDecreto

DETERMINA NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE AGRICULTURA DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Núm. 144 exento.- Santiago, 6 de julio de 2018.

Visto:

El DFL N° 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, Orgánico del Ministerio de Agricultura; ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; los artículos 7, letra b), 79 y 81 de la ley 18.834, Estatuto Administrativo; el decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, decreto exento N° 295, de 2017, del Ministerio de Agricultura; el oficio ord. N° 716, de 2018, de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Región de Valparaíso y las resoluciones Nos 1.600, de 2008, y 10, de 2017, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que mediante decreto exento N° 295, de fecha 28 de agosto de 2017, del Ministerio de Agricultura, se determinó el orden de subrogación del Secretario Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Valparaíso.

Que mediante Ord. N° 716, de fecha 18 de junio 2018, la Secretaría Regional Ministerial de la Región de Valparaíso ha propuesto modificar el orden de subrogación establecido en el decreto antes indicado.

Decreto:

  1. - En caso de ausencia o impedimento del Secretario Regional Ministerial de Agricultura titular de la Región de Valparaíso, operará el siguiente orden de subrogación:

    . El Director Regional de Corporación Nacional Forestal de la Región de Valparaíso.

    . El Director Regional del Instituto de Desarrollo Agropecuario de la Región de Valparaíso.

    La subrogación por los Directores Regionales de Servicio podrán, en primer lugar, y en el orden indicado, ejercerla los titulares de dichos cargos, y en ausencia de ellos y en el mismo orden, los subrogantes y luego interinos.

  2. - La subrogación en el orden indicado se podrá efectuar sin esperar, la total tramitación del presente decreto exento.

  3. - Se deja sin efecto decreto exento N° 295, de 2017, del Ministerio de Agricultura.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Antonio Walker Prieto, Ministro de Agricultura.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.-...

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