Decreto núm. 14, publicado el 23 de Enero de 2018. APRUEBA REGLAMENTO DEL SUBSISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA 'CHILE CRECE CONTIGO' DE LA LEY N° 20.379 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 701598981

Decreto núm. 14, publicado el 23 de Enero de 2018. APRUEBA REGLAMENTO DEL SUBSISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA 'CHILE CRECE CONTIGO' DE LA LEY N° 20.379

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Rango de LeyDecreto

APRUEBA REGLAMENTO DEL SUBSISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA "CHILE CRECE CONTIGO" DE LA LEY N° 20.379

Núm. 14.- Santiago, 4 de agosto de 2017.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el DS Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y modifica Cuerpos Legales que Indica; en la Ley Nº 20.379, que crea el Sistema Intersectorial de Protección Social e Institucionaliza el Subsistema de Protección Integral a la Infancia "Chile Crece Contigo"; en la Ley Nº 19.628, sobre Protección de la Vida Privada; en la Ley Nº 20.422, que establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad; en la Ley Nº 19.949, que establece un Sistema de Protección Social para Familias en Situación de Extrema Pobreza denominado Chile Solidario; en la Ley Nº 20.595, que crea el Ingreso Ético Familiar que Establece Bonos y Transferencias Condicionadas para las Familias de Pobreza Extrema y Crea Subsidio al Empleo de la Mujer; Ley Nº 20.584 que Regula los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con Acciones vinculadas a su Atención en Salud; en el decreto supremo Nº 160, del Ministerio de Planificación, de 2007, que crea el Registro de Información Social, el decreto Nº 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social que aprueba el Reglamento del artículo 5º de la ley Nº 20.379 y del artículo letra f) de la ley Nº 20.530; decreto supremo Nº 315, de 2010, del Ministerio de Educación; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y en las demás normas aplicables.

Considerando:

Que, la Ley Nº 20.379, creó el Sistema Intersectorial de Protección Social, en adelante también e indistintamente el "Sistema", es un modelo de gestión constituido por las acciones y prestaciones sociales ejecutadas y coordinadas por distintos organismos del Estado, destinadas a la población nacional más vulnerable socioeconómicamente y que requieran de una acción concertada de dichos organismos para acceder a mejores condiciones de vida.

Que, el Ministerio de Desarrollo Social tiene a su cargo la administración, coordinación, supervisión y evaluación de la implementación del Sistema.

La citada ley establece que el Sistema está compuesto por distintos Subsistemas, que se entenderán como el conjunto de acciones y prestaciones sociales ejecutadas y coordinadas intersectorialmente por distintos organismos del Estado, focalizadas en un mismo grupo de personas y/o familias, en situación de vulnerabilidad socioeconómica.

A su turno, el artículo 9º de la misma ley, creó el Subsistema de Protección Integral a la Infancia denominado "Chile Crece Contigo", en adelante también e indistintamente el "Subsistema".

Que, el artículo 10º inciso segundo de la ley referida, dispuso que un reglamento dictado por el Ministerio de Planificación, actual Ministerio de Desarrollo Social, y suscrito, además, por los Ministros de Salud y Hacienda, establecerá las características técnicas y metodológicas que debe cumplir este Subsistema, y las demás normas necesarias para su funcionamiento; por tanto,

Decreto:

Apruébase el siguiente Reglamento del Subsistema de Protección Integral a la Infancia "Chile Crece Contigo", de la ley Nº 20.379:

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 5
Artículo 1° Objeto del Reglamento

El presente Reglamento tiene por objeto establecer las características técnicas y metodológicas que debe cumplir el subsistema "Chile Crece Contigo" y las demás normas necesarias para su funcionamiento.

En este marco se regularán las disposiciones generales aplicables al subsistema con identificación del grupo objetivo, características técnicas y objetivos del Subsistema; el modelo de gestión y administración del mismo; los mecanismos de coordinación entre los organismos públicos que participan en el mismo, así como los mecanismos y las herramientas de monitoreo y seguimiento que efectuará el Ministerio de Desarrollo Social en su calidad de coordinador del Subsistema; sus componentes, el procedimiento de acceso al Subsistema de Protección Integral a la Infancia - "Chile Crece Contigo" y las prestaciones o beneficios sociales que forman parte de él.

Artículo 2° Definiciones

Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por:

  1. Ayudas Técnicas: elementos o implementos requeridos por una persona con discapacidad para prevenir la progresión de la misma, mejorar o recuperar su funcionalidad, o desarrollar una vida independiente, de acuerdo a lo establecido en la letra b del artículo de ley Nº 20.422.

  2. Guardadores/as o Cuidadores/as: aquella persona natural que se hace cargo del cuidado personal de conformidad a la normativa vigente o cuidado proteccional provisorio o permanente de los niños y niñas, cuando no existe padre o madre responsable, de conformidad a la resolución judicial respectiva.

  3. Red Comunal Chile Crece Contigo: ámbito de coordinación a nivel comunal que tiene como objetivo principal articular el acompañamiento a la trayectoria del desarrollo de los niños y niñas beneficiarios de Chile Crece Contigo, en la que participan, al menos, el encargado municipal del Chile Crece Contigo y los representantes del sector salud, educación y otros organismos públicos que realicen acciones dirigidas a la infancia en el ámbito comunal.

  4. Familia: El padre, la madre del niño o la niña beneficiario del Subsistema, y aquellas personas pertenecientes al hogar que unidas o no por un vínculo de parentesco con el niño o niña beneficiario, formen parte de la unidad de análisis a la que pertenece el niño o la niña, en los términos definidos en la letra d) del artículo 3º del decreto supremo Nº 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Servicios Sociales.

  5. Sistema Público de Salud: Aquellos establecimientos de salud que forman parte de la Red Asistencial de cada Servicio de Salud y que se encuentran referidos en el artículo 17 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud.

Artículo 3° Objetivo del Subsistema

El Subsistema Chile Crece Contigo es un modelo de gestión que tiene por objetivo acompañar el proceso de desarrollo de los niños y niñas que se atiendan en el sistema público de salud, desde su primer control de gestación y hasta su ingreso al sistema escolar, en el primer nivel de transición o su equivalente, a través de la realización de acciones y el otorgamiento de las prestaciones que establece la ley, conforme con las normas del presente Reglamento.

Artículo 4° Beneficiarios

Serán beneficiarios del Subsistema Chile Crece Contigo los niños y niñas que se atiendan en el sistema público de salud, desde el primer control de gestación y hasta el ingreso al sistema escolar, en el primer nivel de transición de educación parvularia o su equivalente. Asimismo, las familias de los niños y niñas beneficiarios del Subsistema tendrán acceso preferente a las prestaciones que señala el artículo 23 siempre que cumplan los requisitos respectivos.

Artículo 5° Características Técnicas y Objetivos Específicos del Subsistema

El Subsistema Chile Crece Contigo, se caracteriza por coordinar un conjunto de prestaciones y acciones administradas por organismos públicos y personas jurídicas de derecho privado, que se fundan y articulan en función del enfoque de derechos y crianza respetuosa del niño y la niña, debiendo utilizarse como marco de referencia transversal a todos los programas e intervenciones destinadas a los usuarios del mismo, con el propósito de cumplir los siguientes objetivos específicos:

  1. Propiciar un ambiente familiar, comunitario y social favorable al desarrollo infantil temprano, que contribuya a que los niños y niñas desplieguen al máximo sus capacidades.

  2. Acompañar y apoyar la trayectoria de desarrollo de los niños y niñas, desde la gestación y hasta su ingreso en el sistema escolar, de manera oportuna y pertinente a las necesidades particulares de cada niño o niña.

  3. Apoyar el desarrollo de competencias parentales favorables al desarrollo integral de los niños y niñas.

  4. Detectar tempranamente los riesgos y potenciales rezagos en el desarrollo de los niños y niñas para lograr una intervención oportuna.

  5. Consolidar una red nacional de servicios de apoyo al desarrollo infantil temprano.

  6. Instalar y consolidar redes comunales de protección social, con foco en la primera infancia, que permitan articular oportunamente prestaciones y servicios que los niños, niñas y su familias y/o cuidadores necesitan y garantizar la pertinencia de dichas prestaciones y servicios respecto de las características culturales y sociales en las que los niños y niñas se desenvuelven.

TÍTULO II CARACTERÍSTICAS METODOLÓGICAS, MODELO DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SUBSISTEMA Artículos 6 a 11
Artículo 6° Modelo de Gestión

Chile Crece Contigo tendrá un modelo de gestión, de participación intersectorial, que busca contribuir al logro del objetivo del Subsistema, según lo dispuesto en el artículo 3º de este reglamento, cuya coordinación corresponde al Ministerio de Desarrollo Social, sin perjuicio de las atribuciones y funciones de las demás entidades públicas.

Para estos efectos, la articulación del Subsistema basa su gestión en el trabajo en red, considerando, a lo menos, la participación del Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Educación, Ministerio de...

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