Decreto núm. 14 EXENTO, publicado el 28 de Febrero de 2018. MODIFICA DECRETO N° 6 EXENTO, DE 2010, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE DISPONE VACUNACIÓN OBLIGATORIA CONTRA ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 704473489

Decreto núm. 14 EXENTO, publicado el 28 de Febrero de 2018. MODIFICA DECRETO N° 6 EXENTO, DE 2010, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE DISPONE VACUNACIÓN OBLIGATORIA CONTRA ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO N° 6 EXENTO, DE 2010, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE DISPONE VACUNACIÓN OBLIGATORIA CONTRA ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES

Núm. 14 exento.- Santiago, 16 de febrero de 2018.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 32 del Código Sanitario, aprobado por DFL N° 725, de 1967, del Ministerio de Salud; en los artículos 1, 4 y 7 del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y 18.469; en el decreto exento N° 6, de 2010, del Ministerio de Salud, que Dispone Vacunación Obligatoria contra Enfermedades Inmunoprevenibles de la Población del País; en el N° 2 del decreto N° 72, de 2004, del Ministerio de Salud; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y

Considerando:

  1. Que, el artículo 32 inciso del Código Sanitario dispone que el Ministerio de Salud tendrá a su cargo la vacunación de los habitantes contra las enfermedades transmisibles, agregando, en su inciso 2°, que el Presidente de la República, a propuesta del Director de Salud, podrá declarar obligatoria la vacunación de la población contra las enfermedades transmisibles para las cuales existan procedimientos eficaces de inmunización.

  2. Que, en virtud de lo anterior, este Ministerio dictó el decreto exento N° 6, de 2010, que Dispone la Vacunación Obligatoria contra Enfermedades Inmunoprevenibles de la Población del País, cuyo numeral 2°, de la tabla contenida en su número 1, se refiere a la Poliomielitis, cuya población objetivo es toda la población infantil.

  3. Que, el esquema de inmunización para la Poliomielitis consiste en 3 dosis de vacuna trivalente contra virus Polio tipo 1, 2 y 3, durante el primer semestre de vida y un refuerzo durante el segundo año de vida.

  4. Que, desde la puesta en marcha de la "Iniciativa de Erradicación Mundial de la Poliomielitis", implementada durante la 41° Asamblea Mundial de la Salud en el año 1988, los Estados miembros iniciaron una estrategia global para lograr la erradicación de esta enfermedad. 5. Que, el último caso de Poliovirus salvaje tipo 2, a nivel mundial, se notificó en 1999, mientras que Chile, en el año 1975, presentó sus 2 últimos casos de poliomielitis salvaje, transformándose en el tercer país del mundo en conseguir su eliminación.

  5. Que, el Grupo de Expertos en Asesoramiento Estratégico sobre Inmunización (SAGE), de la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomendó a todos los...

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