Decreto núm. 1399, publicado el 27 de Diciembre de 2017. AUTORIZA SUSCRIPCIÓN DE ACUERDO DE LÍNEA DE CRÉDITO CONDICIONAL CON EL BID HASTA POR US$420.000.000 - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 699670501

Decreto núm. 1399, publicado el 27 de Diciembre de 2017. AUTORIZA SUSCRIPCIÓN DE ACUERDO DE LÍNEA DE CRÉDITO CONDICIONAL CON EL BID HASTA POR US$420.000.000

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA SUSCRIPCIÓN DE ACUERDO DE LÍNEA DE CRÉDITO CONDICIONAL CON EL BID HASTA POR US$420.000.000

Núm. 1.399.- Santiago, 2 de octubre de 2017.

Vistos:

El artículo 32 número 6 de la Constitución Política de la República de Chile; el DL Nº 1.263, de 1975; la Ley Nº 20.981; el artículo 8 número 8.3 de la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; el DS Nº 551, de 1982, modificado por los DS Nºs 1.231, y 698, de 1989 y 1997, respectivamente, todos del Ministerio de Hacienda, y el DL Nº 2.349, de 1978,

Decreto:

  1. Autorícese al Ministro de Hacienda para que, en representación de la República de Chile, suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), un Acuerdo de Línea de Crédito Condicional hasta por la suma de US$420.000.000.- (cuatrocientos veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en otras monedas. La presente Línea de Crédito se destinará a financiar parcialmente uno o más Programas Individuales del "Programa de Construcción del Túnel Internacional Paso de Agua Negra (TAN)".

  2. Las condiciones financieras de los recursos utilizados de la Línea de Crédito Condicional serán las que se establezcan en los Contratos de Préstamos Individuales que se suscriban con el BID con cargo a esta Línea de Crédito.

  3. El Organismo Ejecutor de los Programas Individuales que se suscriban con cargo al Acuerdo de Línea de Crédito Condicional, será la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas.

  4. El servicio de la deuda y otros gastos que se deriven de la utilización de los recursos provenientes del Acuerdo de Línea de Crédito Condicional, a través de los Contratos de Préstamos Individuales, serán efectuados por la Tesorería General de la República, con cargo a los recursos que se consulten para estos efectos en el Presupuesto de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, en las respectivas Leyes de Presupuestos del Sector Público anuales.

  5. Los documentos o títulos que en representación de la República de Chile sean suscritos en conformidad a lo estipulado en el número 1 del presente decreto...

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