Decreto núm. 1378, publicado el 05 de Octubre de 2015. MODIFÍCASE EL DECRETO SUPREMO Nº892, DEL 03 DE JULIO DE 2014, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, QUE ESTABLECE LAS BASES DE LA POLÍTICA FISCAL, DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY Nº 20.128 - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 583883654

Decreto núm. 1378, publicado el 05 de Octubre de 2015. MODIFÍCASE EL DECRETO SUPREMO Nº892, DEL 03 DE JULIO DE 2014, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, QUE ESTABLECE LAS BASES DE LA POLÍTICA FISCAL, DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY Nº 20.128

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

MODIFÍCASE EL DECRETO SUPREMO Nº892, DEL 03 DE JULIO DE 2014, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, QUE ESTABLECE LAS BASES DE LA POLÍTICA FISCAL, DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY Nº 20.128

Núm. 1.378.- Santiago, 29 de Septiembre de 2015.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, el artículo 1º de la ley Nº 20.128, el decreto supremo Nº 892, de 2014, del Ministerio de Hacienda y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, el decreto Nº 892 del Ministerio de Hacienda publicado el 3 de julio de 2014, que establece las bases de la política fiscal que aplicará la presente administración, fijó como meta fiscal converger gradualmente a una situación de balance estructural en el año 2018, equivalente a un cero por ciento del Producto Interno Bruto anual, condicional a la oportuna aprobación e implementación del proyecto de ley de reforma tributaria;

  2. Que, el mismo decreto señala que esta meta se mantendría salvo que situaciones macroeconómicas objetivas justificaran una modificación de la misma;

  3. Que, transcurrido algo más de un año de vigencia del precitado decreto, el país enfrenta una desaceleración significativamente más profunda y prolongada de lo previsto y el precio del cobre ha caído de manera relevante. Por su parte, los cambios en los parámetros determinados por los Comités de Expertos para calcular el balance estructural, específicamente el Producto Interno Bruto Tendencial y el Precio de Referencia del Cobre, han llevado a que los ingresos estructurales disminuyan de manera importante respecto de lo proyectado previamente;

  4. Que, debido a la revisión de los parámetros estructurales, tanto el nivel actual como el crecimiento de los ingresos estructurales futuros, serán considerablemente menores que lo previamente estimado, y consecuentemente, el balance estructural previsto para 2015, será más deficitario que lo presupuestado, alcanzando un -1,6% del Producto Interno Bruto;

  5. Que, dado este nuevo escenario macroeconómico, lograr un balance estructural en 2018 requeriría de una disminución excesiva en la tasa de crecimiento del gasto público promedio de los próximos años. Ello exacerbaría de manera indeseada el ciclo económico, afectando el crecimiento y el empleo. Asimismo, requeriría de una postergación socialmente costosa de gastos e inversiones en bienes públicos;

  6. Que, la situación...

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