Decreto núm. 137, publicado el 07 de Junio de 2019. OTORGA A COMPAÑÍA GENERAL DE ELECTRICIDAD S.A., CONCESIÓN DEFINITIVA DE SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN EN LA REGIÓN DE COQUIMBO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ENERGÍA |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA A COMPAÑÍA GENERAL DE ELECTRICIDAD S.A., CONCESIÓN DEFINITIVA DE SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN EN LA REGIÓN DE COQUIMBO
Núm. 137.- Santiago, 6 de diciembre de 2018.
Visto:
Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. Nº 25886/ACC 2092281/DOC 1855944, de 9 de noviembre de 2018; lo dispuesto en los artículos 11° y 29° del DFL Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería, en adelante Ley General de Servicios Eléctricos, y sus modificaciones posteriores; en las leyes N° 18.140 y N° 20.402; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y
Considerando:
Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. N° 25886/ACC 2092281/DOC 1855944, de 9 de noviembre de 2018, el cual pasa a formar parte del presente acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de la ley N° 19.880.
Decreto:
Otórgase a Compañía General de Electricidad S.A., en adelante CGE S.A., concesión definitiva para establecer, operar y explotar en la Región de Coquimbo, provincia de Elqui, comuna de Coquimbo, las instalaciones de servicio público de distribución de energía constitutivas del proyecto que se detalla a continuación:
El objetivo del proyecto denominado "Red de Distribución Baja Tensión Loteo El Panul, Fuera de Zona de Concesión Coquimbo" es prestar servicio público de distribución de energía eléctrica.
El presupuesto del costo de las obras asciende a la suma de $6.879.633.- (seis millones ochocientos setenta y nueve mil seiscientos treinta y tres pesos).
Copias del plano general de obras, de la memoria explicativa y de los demás antecedentes técnicos que pasan a formar parte del presente decreto quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
En su recorrido, las instalaciones ocuparán únicamente bienes nacionales de uso público, por lo que no se constituyen servidumbres prediales.
Reconócese al concesionario el derecho a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba