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Decreto núm. 13, publicado el 24 de Diciembre de 2018. FÍJASE PLANTA PERSONAL MUNICIPAL, REGIDO POR LA LEY Nº 18.883, MUNICIPALIDAD DE CATEMU

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE CATEMU
Rango de LeyDecreto

FÍJASE PLANTA PERSONAL MUNICIPAL, REGIDO POR LA LEY Nº 18.883, MUNICIPALIDAD DE CATEMU

Núm. 13.- Catemu, 18 de diciembre de 2018.

Vistos

  1. - Las facultades otorgadas por la ley Nº 20.922, "modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo";

  2. - Resolución exenta Nº 9.380, de fecha 26 de julio de 2017, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que establece las categorías en que han sido clasificados los municipios del país, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo transitorio del decreto Nº 1.675 de 2016, Ministerio del Interior y Seguridad Pública;

  3. - Decreto exento 2.248, de fecha 2 de abril de 2014, que crea las unidades mínimas contempladas en el artículo 16 de la Ley Nº 18.695, "Orgánica Constitucional de Municipalidades": Secretaría Municipal, Secretaría Comunal de Planificación, Desarrollo Comunitario, Administración y Finanzas, y Control.

  4. - Decreto alcaldicio Nº 506, de fecha 1 de junio de 2016, que modifica y establece la planta de personal de la Municipalidad de Catemu, para su vigencia a contar del primero de enero de 2016, y modifica y establece la planta de personal de la Municipalidad de Catemu para su vigencia a contar de enero de 2017, según los artículos primero transitorio y segundo transitorio de la Ley Nº 20.922, "Modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo".

  5. - La necesidad de ajustar en tres grados, el cargo de Director de Obras Municipales, teniendo presente que debe velar por el cumplimiento de la normativa del plan regulador (PRC) vigente, además, las normas y leyes atribuibles por la naturaleza del cargo, adicionalmente a esta unidad se le ha encomendado cumplir las funciones de responsabilidad de mantención y funcionamiento de los campos deportivos municipales, edificios municipales, escuelas y liceo polivalente, sedes comunitarias de propiedad municipal, calles y caminos urbanos. Sin perjuicio de hacerse cargo de la unidad de movilización con una flota de 19 vehículos (buses, camiones, camionetas, furgones y automóviles), con una dotación de ocho conductores. Finalmente, se ha designado la unidad de Inspección Técnica de Obras (ITO) de todas las obras de...

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