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Decreto núm. 12882, publicado el 30 de Noviembre de 2019. DELEGA FACULTADES ALCALDICIAS A DIRECTORA (R) DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE EDUCACIÓN MUNICIPAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE COPIAPO
Rango de LeyDecreto

DELEGA FACULTADES ALCALDICIAS A DIRECTORA (R) DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE EDUCACIÓN MUNICIPAL

Núm. 12.882.- Copiapó, 13 de junio de 2019.

Vistos:

El DFL Nº 1-3.063/80, del Ministerio del Interior; DL 1.263, Orgánico de la Administración Financiera del Estado; ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; ley Nº 19.880, sobre Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; ley Nº 19.070, sobre Estatuto de los Profesionales de la Educación; Acta de Proclamación de fecha 24 de noviembre de 2017, dictada en autos Rol 855-A del Tribunal Electoral Regional de Atacama y actuaciones que indica; DA Nº 21.427, del 13 de diciembre de 2017, Regulariza orden de subrogancia de Secretario Municipal y actuaciones que indica; y las facultades que me confiere la ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo de Funcionarios Municipales y el DFL Nº 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores.

Considerando:

  1. - Que, el artículo 63 letra j) de la ley Nº 18.695, prescribe que: "el Alcalde podrá delegar el ejercicio de parte de sus atribuciones exclusivas en funcionarios de su dependencia o en los delegados que designe, salvo las contempladas en las letras c) y d); igualmente, podrá delegar la facultad de firmar bajo la fórmula "por orden del Alcalde", sobre materias específicas.".

  2. - Que, atendido lo previsto en elaArtículo 4º del DFL Nº 2, de 1996, de Educación, sobre Subvención del Estado a establecimientos educacionales, dispone que "Cuando los servicios educacionales se administren directamente por las Municipalidades, éstas deberán nombrar especialmente una persona encargada de la educación que asumirá la calidad de "Sostenedor" con todos los derechos y las obligaciones que a éste competen".

  3. - Que, finalmente, para una adecuada y eficaz gestión administrativa de la Dirección de Administración de la Educación Municipal, resulta indispensable delegar funciones a la actual Directora (R) de la Dirección de Administración de Educación Municipal, doña Any Dorador Alfaro.

    Decreto:

    1. Deléguese por el periodo comprendido entre la notificación del presente decreto y mientras perdure su nombramiento, a la actual Directora (R) de la Dirección de...

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