Decreto núm. 127, publicado el 22 de Febrero de 2018. DEROGA LOS DECRETOS QUE SE INDICAN, RELATIVOS A LA LICITACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN FINANCIADOS CON CARGO AL FONDO DE INVESTIGACIÓN PESQUERA Y DE ACUICULTURA Y DELEGA FACULTADES EN EL SUBSECRETARIO DE PESCA Y ACUICULTURA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 703967353

Decreto núm. 127, publicado el 22 de Febrero de 2018. DEROGA LOS DECRETOS QUE SE INDICAN, RELATIVOS A LA LICITACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN FINANCIADOS CON CARGO AL FONDO DE INVESTIGACIÓN PESQUERA Y DE ACUICULTURA Y DELEGA FACULTADES EN EL SUBSECRETARIO DE PESCA Y ACUICULTURA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

DEROGA LOS DECRETOS QUE SE INDICAN, RELATIVOS A LA LICITACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN FINANCIADOS CON CARGO AL FONDO DE INVESTIGACIÓN PESQUERA Y DE ACUICULTURA Y DELEGA FACULTADES EN EL SUBSECRETARIO DE PESCA Y ACUICULTURA

Núm. 127.- Santiago, 19 de octubre de 2017.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política de la República; el DFL Nº 1, del 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la administración del estado; la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado; la ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y su Reglamento aprobado mediante el decreto supremo Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda; la ley Nº 18.892, General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 430, de 1991, del entonces llamado Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el DFL Nº 5, de 1983, del entonces llamado Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; los decretos supremos Nº 100, de 1993, Nº 201, de 1998, Nº 177 y Nº 178, ambos de 2003, Nº 340 y Nº 341, ambos de 2005, y Nº 258, de 2008, todos del entonces llamado Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el decreto supremo Nº 126, de 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; el decreto supremo Nº 8, de 2015, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; el oficio Nº 7.035, de 3 de mayo de 2017, de la Contraloría Regional de Valparaíso, y

Considerando:

  1. - Que, la ley Nº 18.892, General sobre Pesca y Acuicultura, en sus artículos 93 y siguientes, crea el Fondo para la Investigación Pesquera y de Acuicultura, en adelante el Fondo, el cual tiene por objeto financiar los proyectos de investigación pesquera y de acuicultura, necesarios para la adopción de las medidas de administración de las pesquerías y de las actividades de acuicultura.

  2. - Que, el Fondo es administrado por un Consejo, denominado Consejo de Investigación Pesquera y de Acuicultura, que cuenta con las atribuciones legales señaladas en el artículo 96 de la ley Nº 18.892, entre las...

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