Decreto núm. 124 EXENTO, publicado el 23 de Septiembre de 2015. AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO QUE SEÑALA EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 583056650

Decreto núm. 124 EXENTO, publicado el 23 de Septiembre de 2015. AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO QUE SEÑALA EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO QUE SEÑALA EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA

Santiago, 19 de junio de 2015.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 124 exento.

Visto:

Lo dispuesto en el DL Nº 799, de 1974; el DS Nº 19 de 2001, del Ministerio Segpres; las instrucciones impartidas por los Sres. Ministros del Interior y de Hacienda a través del oficio circular Nº 26, de 2003, y por la Contraloría General de la República en el oficio circular Nº 35.593, de 1995, sobre el uso y circulación de vehículos estatales; El decreto exento Nº 670 (V. y U.), de 09/09/2009; el oficio Ord. Nº 1.658, de 2014; el oficio Ord. Nº 82, de 2015; el oficio Ord. Nº 683, de 2015, del Secretario Regional Ministerial Minvu Región de Los Lagos; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y

Teniendo Presente:

  1. Que mediante Ord. Nº 1.658, de fecha 29/10/2014, de la Secretaría Regional Ministerial de la Región de Los Lagos, se solicita se autorice la exención del disco fiscal del vehículo institucional P.P.U. CCRW.34-0, a raíz de las amenazas, retención y encierro que sufrieron al interior del Centro Cultural Comunitario de la ciudad de Castro, tanto el Director del Serviu, como funcionarios de esa Seremi y de otras instituciones públicas, el 24.10.2014, por las personas que conforman el Comité de Vivienda "Oportunidad Huilliche".

  2. Que mediante Ord. Nº 82, de fecha 19/01/2015, de la Secretaría Regional Ministerial de la Región de Los Lagos, se modifica la petición original, precisando que el vehículo a eximir es el P.P.U. GYXT.44-0, y no el singularizado en letra a) precedente.

  3. Que mediante Ord. Nº 683, de fecha 6/05/2015, de la Secretaría Regional Ministerial de la Región de Los Lagos, se solicita se autorice la circulación en días sábado en la tarde, domingo y festivos, al vehículo P.P.U. GYXT.44-0, asignado a la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo, de la Región de Los Lagos.

  4. Que en razón de lo anterior y por la naturaleza de las labores que corresponde realizar con el vehículo singularizado en las letras b) y c) precedentes, como asimismo, por razones de seguridad, tanto de los funcionarios, como de estos bienes fiscales que deben ser utilizados en situaciones de agitación social, es necesario que este vehículo pueda circular sin restricciones y desprovisto del disco distintivo a que se refieren los artículos y del DL Nº 799, de 1974.

Decreto:

  1. Autorízase la...

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