Decreto núm. 1231, publicado el 01 de Septiembre de 2020. COMPLEMENTA DECRETO ALCALDICIO Nº 1.198/2020 - MUNICIPALIDAD DE RINCONADA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 847576515

Decreto núm. 1231, publicado el 01 de Septiembre de 2020. COMPLEMENTA DECRETO ALCALDICIO Nº 1.198/2020

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE RINCONADA
Rango de LeyDecreto

COMPLEMENTA DECRETO ALCALDICIO Nº 1.198/2020

Núm. 1.231.- Rinconada, 19 de agosto de 2020.

Vistos:

  1. Decreto alcaldicio Nº 4.390, de fecha 6 de diciembre de 2016, en que se dispone el nombramiento de Alcalde de la Comuna, del Sr. Pedro Antonio Caballería Díaz, período 2016-2020, conforme a sentencia de proclamación del Tribunal Electoral Quinta Región, de fecha 1 de diciembre de 2016.

  2. Decreto alcaldicio Nº 1.198, de fecha 10 de agosto de 2020, el cual dispone procedimiento de invalidación de decreto alcaldicio Nº 2.313 y 2.328, ambos de 2019.

  3. Lo dispuesto en el artículo 48 de la ley 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

  4. Las atribuciones que me confiere la ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Considerando:

  1. - Que, mediante el decreto alcaldicio Nº 1.198, de fecha 10 de agosto de 2020, se dispuso procedimiento de invalidación de decreto alcaldicio Nº 2.313 y 2.328, ambos de 2019, en conformidad de lo dispuesto en el artículo 53 de la ley Nº 19.880, que establece bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.

  2. - Que, en atención a lo dispuesto en el artículo 48, letra b) de la ley Nº 19.880, sobre obligación de publicar actos administrativos y, en especial consideración a las personas que pudiese interesar el proceso invalidatorio dispuesto por la autoridad mediante el decreto alcaldicio Nº 1.198/2020, siendo de un número indeterminado en atención al interés público comprometido, es que por medio del presente acto administrativo se está dando cumplimiento a la obligatoriedad de la administración de publicidad de actos administrativos.

  3. - Que para efectos de llevar a cabo el procedimiento contemplado en el decreto alcaldicio Nº 1.198/2020, es preciso disponer de un funcionario en calidad de instructor del mismo, para cumplimiento de los trámites y gestiones procedentes.

  4. - Que, en virtud de los antecedentes señalados en los vistos de la presente resolución, así como también por los motivos expresados en los considerandos anteriores, se procede a...

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