Decreto núm. 12261, publicado el 03 de Diciembre de 2016. MODIFICA DECRETO ALCALDICIO Nº 11.349, DE 2014 - MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 701722113

Decreto núm. 12261, publicado el 03 de Diciembre de 2016. MODIFICA DECRETO ALCALDICIO Nº 11.349, DE 2014

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO ALCALDICIO Nº 11.349, DE 2014

Viña del Mar, 18 de noviembre de 2016.- Esta Alcaldía decretó hoy lo que sigue:

Núm. 12.261.

Vistos estos antecedentes:

  1. Decretos alcaldicios Nos 11.349 de 12 de noviembre de 2014, 1.055 de 4 de febrero de 2015, 8.750/2016;

  2. Memorando Nº 1.454/2016 del Director (S) del Departamento Servicios del Ambiente;

  3. Memorando Nº 464/2016 del Director de Operaciones y Servicios;

  4. Ordinario Nº 1.960/2016 del Director de Asesoría Jurídica;

  5. Memorando Nº 468/2016 del Director de Operaciones y Servicios;

  6. Ingreso Alcaldía Nº 7.205/2016;

  7. Providencia alcaldicia de fecha 12 de octubre de 2016;

  8. Acuerdo del Concejo Municipal adoptado en sesión extraordinaria de fecha 18 de noviembre de 2016;

  9. Oficio ordinario Nº 378/2016 de la señora Presidenta del Concejo Municipal;

  10. Ingreso Secretaría Abogado Nº 1.278/2016; lo dispuesto en los artículos 56 y 65 de la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades;

    Decreto:

    1. Modifícase el decreto alcaldicio Nº 11.349/2014, modificado por decreto alcaldicio Nº 1.055/2015 que aprobó la Ordenanza Municipal de "Transporte de Pasajeros en Coches Victorias en la Comuna de Viña del Mar", en el sentido de sustituir los artículos que se indican por el texto que se transcribe a continuación:

      MODIFICACIONES Y ADECUACIONES DE LA ORDENANZA MUNICIPAL DE "TRANSPORTE DE PASAJEROS EN COCHES VICTORIAS EN LA COMUNA DE VIÑA DEL MAR", (D.A. Nº 11.349/14)

    2. DISPOSICIONES GENERALES:

      Cuarto: Todos los Coches Victoria que operen en la comuna de Viña del Mar, deberán pertenecer al Registro Comunal de Coches Victoria, el que tendrá un cupo limitado de 40 Coches.

      Quinto: Todo Coche Victoria debe someterse, a dos controles anuales, en los meses de abril y octubre, para verificar sus condiciones de mantención, seguridad y buena presentación. Este control será coordinado por inspectores municipales del Departamento de Tránsito y realizado por el Departamento de Mantención y Reparación de Vehículos y Maquinaria Pesada.

      Si el Coche Victoria no cumple con un control, se le caducará el permiso en forma permanente.

      Sexto: El servicio de transporte de pasajeros en Coches Victoria debe contar con el Seguro Obligatorio de accidente de pasajeros. Será obligación del propietario del Coche mantener vigente dicho seguro, todo el tiempo que cuente con el permiso.

    3. DE LOS CIRCUITOS:

      Séptimo: Los circuitos que abarcará el Servicio de Transporte de Pasajeros en Coche Victoria serán los autorizados por el Departamento de Tránsito y Transporte Público, quien entregará junto con el permiso de circulación, el listado oficial con los circuitos autorizados.

      Octavo: En casos debidamente calificados, el Departamento de Tránsito y Transporte Público podrá restringir los períodos de circulación, horarios de circulación. Del mismo modo podrá eliminar y/o modificar unilateralmente, sin expresión de causa, de forma parcial o total los trazados de los circuitos para determinados períodos del año calendario, como asimismo podrá establecer nuevos circuitos.

      Noveno: La tarifa que se cobre por el Servicio de Transporte de Pasajeros en los Coches Victoria, será única y uniforme, lo cual deberá ser informado formalmente al Director de Tránsito y Transporte Público, la que además deberá estar adosada a la estructura del carro, y ubicada en un lugar visible para el usuario. Sin perjuicio de lo anterior, cada paradero deberá contar con un atril en el cual se exhiba la tarifa correspondiente a cada circuito visada por el Departamento de Tránsito y Transporte Público. Será responsabilidad del Sindicato de Propietarios de Coches Victoria la construcción, mantención y reparación de los atriles.

    4. DEL VEHÍCULO:

      Décimo: Todo Coche Victoria debe contar con los siguientes elementos:

  11. Ruedas sólo con rodamientos y llantas de madera o metálicas forradas en goma. El ángulo camber no deberá superar los 2 centímetros.

  12. Se mantiene.

  13. Se mantiene;

  14. Se mantiene;

  15. Dos faroles delanteros con luz y con una luz roja en la parte trasera del coche;

    Característica: Luces tipo LED en su...

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