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Decreto núm. 122, publicado el 04 de Septiembre de 2018. OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA INGENIUM OUTSOURCING SERVICES CHILE SPA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA INGENIUM OUTSOURCING SERVICES CHILE SPA

Santiago, 11 de julio de 2018.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 122.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.

  3. La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. La resolución exenta Nº 158 de 2006, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que aclara, interpretando, el sentido y alcance de las resoluciones exentas Nº 354, de 1998, Nº 1.117, de 1995, y Nº 308, de 2000, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en el sentido que indica.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 149.497 de 13.11.2017, complementado mediante ingreso Subtel Nº 53.835 de 17.04.2018.

  7. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de otorgamiento de la concesión.

    Decreto:

    Otórgase concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil, a la empresa Ingenium Outsourcing Services Chile SpA, RUT Nº 76.775.299-7, con domicilio en Rosario Norte Nº 532, oficina 1601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Déjense sin efecto los decretos supremos Nº 45 y Nº 91, ambos de 2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sin tramitar por la Contraloría General de la República.

    2. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar el servicio público de telefonía móvil, como a continuación se indica:

      Las facilidades de conmutación, transmisión y red de acceso serán arrendadas a terceros concesionarios de servicio público de telefonía móvil o del mismo tipo, lo cual será verificado al momento de la recepción de obras mediante la presentación de contratos convenidos con las concesionarias. La zona de servicio será todo el territorio nacional.

    3. Los plazos de inicio y término de obras, y de inicio del servicio son los que a continuación se indican:

    4. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada...

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