Decreto núm. 121, publicado el 12 de Febrero de 2018. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'PROGRAMA DE CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA GRUPO 1' Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM N° 3 - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 702851749

Decreto núm. 121, publicado el 12 de Febrero de 2018. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'PROGRAMA DE CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA GRUPO 1' Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM N° 3

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "PROGRAMA DE CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA GRUPO 1" Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM N° 3

Núm. 121.- Santiago, 6 de noviembre de 2017.

Vistos:

- El DFL MOP Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos.

- El decreto supremo MOP Nº 900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial su artículo 19º.

- El decreto supremo MOP Nº 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial el artículo 69º.

- El decreto supremo MOP Nº 618, de fecha 28 de marzo de 2002, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria Grupo 1".

- El decreto supremo MOP Nº 381, de fecha 27 de octubre de 2010.

- El decreto supremo MOP Nº 271, de fecha 13 de septiembre de 2013.

- El decreto supremo Nº 918, de fecha 2 de abril de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

- La resolución Nº 387, de fecha 4 de abril de 2014, de Gendarmería de Chile.

- El Oficio Ord. Nº 14.22.00.0296/2014, de fecha 16 de abril de 2014, de la Jefa del Departamento de Reinserción Social en el Sistema Cerrado de Gendarmería de Chile.

- El Oficio Ord. Nº 3311, de fecha 14 de mayo de 2014, de la Jefa (S) de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Justicia.

- El Oficio Ord. Nº 7844, de fecha 16 de septiembre de 2014, de la Jefa de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Justicia.

- El Oficio Ord. IFE Nº 426/2014, de fecha 1 de octubre de 2014, del Inspector Fiscal.

- La Carta BAS-16056-G1-IFE-3762, de fecha 11 de noviembre de 2014, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. Nº 11533, de fecha 26 de diciembre de 2014, del Jefe (S) de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Justicia.

- El Oficio Ord. IFE Nº 002/2015, de fecha 5 de enero de 2015, del Inspector Fiscal.

- La Carta BAS-16443-G1-IFE-3899, de fecha 30 de enero de 2015, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. Nº 1388, de fecha 6 de febrero de 2015, de la Jefa de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Justicia.

- El Oficio Ord. IFE Nº 075/2015, de fecha 19 de febrero de 2015, del Inspector Fiscal.

- La Carta BAS-10596-G1-IFE-3966, de fecha 23 de marzo de 2015, de la Sociedad Concesionaria.

- El decreto supremo Nº 376, de fecha 31 de marzo de 2015, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

- El Oficio Ord. Nº 5262, de fecha 15 de julio de 2015, del Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Justicia.

- La Carta BAS-16992-G1-IFE-4136, de fecha 21 de julio de 2015, de la Sociedad Concesionaria.

- La Carta BAS-17116-G1-IFE-4191, de fecha 24 de septiembre de 2015, de la Sociedad Concesionaria.

- Las Actas de Recepción de Obras Nº 001/2015, N° 002/2015, N° 003/2015 y N° 004/2015, todas de fecha 19 de octubre de 2015. –

- La Carta BAS-18224-G1-IFE-4633, de fecha 24 de noviembre de 2016, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. IFE. Nº 383/2016, de fecha 2 de diciembre de 2016, del Inspector Fiscal.

- El Acta de Recepción de Obras Nº 001/2017, de fecha 23 de febrero de 2017.

- El Acta de Recepción de Obras Nº 002/2017, de fecha 30 de marzo de 2017.

- El Acta de Recepción de Obras Nº 003/2017, de fecha 31 de marzo de 2017.

- Las Actas de Recepción de Obras Nº 004/2017 y Nº 005/2017, ambas de fecha 22 de mayo de 2017.

- El Acta de Recepción de Obras Nº 006/2017, de fecha 14 de junio de 2017.

- Las Actas de Recepción de Obras Nº 007/2017, Nº 008/2017 y Nº 009/2017, todas de fecha 16 de junio de 2017.

- La Carta BAS-18745-G1-IFE-4879, de fecha 18 de agosto de 2017, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. IFE. Nº 316/2017, de fecha 5 de octubre de 2017, del Inspector Fiscal.

- La Carta BAS-18843-G1-IFE-4920, de fecha 10 de octubre de 2017, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. IFE. Nº 321/2017, de fecha 13 de octubre de 2017, del Inspector Fiscal.

- El Oficio Ord. Nº 131, de fecha 16 de octubre de 2017, del Jefe de la División de Operaciones de Obras Concesionadas.

- La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que los artículos 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69º de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, en adelante el "MOP", desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados.

  2. Que el Establecimiento Penitenciario Alto Hospicio, I Región (en adelante "EP Alto Hospicio"), obra pública fiscal que forma parte del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria Grupo 1" (en adelante, el "Contrato de Concesión"), contempla, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1.2.3, letra a), de las Bases de Licitación, áreas de reclusión exclusivamente para hombres y menores hombres, sin existir áreas destinadas para la reclusión de mujeres. En consecuencia, tampoco presenta los servicios básicos apropiados para albergar población penal de género femenino.

  3. Que producto del sismo con características de terremoto que afectó a la zona norte del país el día 1 de abril de 2014, mediante decreto supremo Nº 918, de fecha 2 de abril de 2014, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública señaló a las regiones de Arica y Parinacota y Tarapacá como zona afectada por la catástrofe antes referida. Asimismo, ratificó todas las medidas que con ocasión de dicha catástrofe hubieran podido adoptar al margen de las normas legales y reglamentarias vigentes, las autoridades administrativas nacionales, regionales, provinciales o comunales que hayan requerido norma de excepción, así como las autoridades pertenecientes a la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior. La vigencia de dichas medidas fue extendida hasta el día 1 de abril de 2016, mediante decreto supremo Nº 376, de fecha 31 de marzo de 2015, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

  4. Que debido a la situación de catástrofe referida en el considerando precedente, Gendarmería de Chile se vio en la necesidad de tomar medidas de emergencia, las cuales se enfocaron, primeramente, en proporcionar resguardo y protección de la integridad física y síquica de los internos e internas y del personal mismo de Gendarmería de Chile. En este contexto, se determinó evacuar a la población penal de zonas inundables, específicamente desde el Centro de Cumplimiento Penitenciario, ubicado en la comuna de Iquique, hacia el EP Alto Hospicio. En total se trató, en lo que interesa, de 223 internas y 7 lactantes, lo cual le fue informado formalmente al Inspector Fiscal por la Jefa del Departamento de Reinserción Social en el Sistema Cerrado de Gendarmería de Chile, mediante el Oficio Ord. Nº 14.22.00.0296/2014, de fecha 16 de abril de 2014. Asimismo, fue trasladado un conjunto de funcionarias y funcionarios de Gendarmería de Chile, detallados en la Resolución Nº 0387, de fecha 4 de abril de 2014, de dicho servicio hacia el mismo establecimiento penitenciario.

  5. Que mediante Oficio Ord. Nº 3311, de fecha 14 de mayo de 2014, la Jefa (S) de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Justicia solicitó al Director Nacional de Gendarmería de Chile informar si la permanencia de población penal femenina adulta en el EP Alto Hospicio constituiría una medida de excepción o si se evaluaría su continuidad. Lo anterior, debido a que si se determinara dicha permanencia, sería necesario coordinar tanto en el Ministerio de Justicia como con el Ministerio de Obras Públicas una eventual modificación al Contrato de Concesión, que contemple la readecuación de la infraestructura para internas y lactantes, como así también, incorporar servicios penitenciarios que actualmente no son entregados en dicho Establecimiento Penitenciario, ya que éste fue diseñado para ser prestado a una población penal exclusivamente masculina.

  6. Que, en dicho contexto, la Jefa de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Justicia, mediante Oficio Ord. Nº 7844, de fecha 16 de septiembre de 2014, informó al Jefe de Unidad de Edificación Pública de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas la solicitud de Gendarmería de Chile en orden a realizar las modificaciones al Contrato de Concesión y la ejecución de las obras que sean necesarias para habilitar el EP Alto Hospicio para que sea apto para la permanencia definitiva de población penal femenina adulta en él, homologando los estándares que para dicha población contemplan las Bases de Licitación del Contrato de Concesión en los establecimientos penitenciarios de Rancagua y La Serena. Además, solicitó realizar los análisis respectivos que permitieran la implementación de lo requerido y efectuar todas las gestiones pertinentes con la Sociedad Concesionaria para contar con una estimación financiera del proyecto de modificación requerido y un cronograma de implementación y ejecución del mismo.

  7. Que mediante Oficio Ord. IFE Nº 426/2014, de fecha 1 de octubre de 2014, el Inspector Fiscal solicitó a "Sociedad Concesionaria BAS S.A.", en adelante la "Sociedad Concesionaria", una propuesta de adecuación de infraestructura, equipamiento y servicios penitenciarios necesarios para la permanencia definitiva de la población femenina en el EP Alto Hospicio, debiendo acompañar, además, la estimación financiera y un cronograma de implementación y ejecución de dicho proyecto.

  8. Que la Sociedad Concesionaria, mediante Carta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR