Decreto núm. 1179, publicado el 01 de Junio de 2016. PROCEDE AL DESALOJO Y DEMOLICIÓN TOTAL DE LA CONSTRUCCIÓN DE INMUEBLE QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO |
Rango de Ley | Decreto |
PROCEDE AL DESALOJO Y DEMOLICIÓN TOTAL DE LA CONSTRUCCIÓN DE INMUEBLE QUE INDICA
Secc. 2a Núm. 1.179.- Santiago, 3 de mayo de 2016.
Considerando:
Que, la propiedad ubicada en Catedral N°1462 - 1472, se encuentra emplazada en la Zona A, conforme lo señalado por el Plan Regulador Comunal;
Que, se constató que se ejecutó construcción de sala de ventas y departamento piloto amparada por el Permiso de Obras N°41.462, de fecha 12 de agosto de 2004, el actual fue autorizado en forma provisoria por un plazo de 180 días conforme lo señala el artículo 124° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones;
Que, efectuada visita inspectiva, se constató que la construcción no ha sido desarmada, por tal motivo se han cursado una serie de partes, encontrándose la propiedad afecta al decreto de Demolición Sección 2a N°384/07 modificado por los decretos Sección 2a N°1.253/09 y N°1.962/12 y al decreto de Clausura Sección 2a N°1.936/14;
Que, se han recepcionado una serie de denuncias de los vecinos producto de que al inmueble ingresarían ocupantes ilegales, provocando desórdenes e incendios;
Que, consultado el Archivo Técnico y el Sistema de Gestión Municipal, no se registra permiso y recepción definitiva vigentes por tal construcción, permaneciendo en gravísima infracción a lo dispuesto en los artículos 116° y 145°, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Vistos:
Antecedentes ID-2063624; teniendo presente lo dispuesto en la Ley N°19.880, de 2003, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; artículos 116°, 124° inciso 2° y 145°, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; oficio N°1-750, de fecha 21 de abril de 2016, de la Dirección de Obras Municipales, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere la Ley N°18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, vigente,
Decreto:
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- Procédase al desalojo y la demolición total de la construcción, referida a sala de ventas y departamento piloto, del inmueble ubicado en Catedral N°1462 - 1472, por encontrarse en infracción a los artículos 116° y 145°, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, generando una serie de problemas a los vecinos; según lo dispuesto en el artículo 124° inciso 2°, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
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- Facúltase a la Subdirección General de Inspección, para pedir auxilio de la fuerza pública para el cumplimiento del desalojo solicitado en este decreto, si fuese...
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