Decreto núm. 11683, publicado el 08 de Agosto de 2018. INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN DE DECRETO ALCALDICIO N° 6.789, DE 2017 - MUNICIPALIDAD DE CAÑETE - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 736266041

Decreto núm. 11683, publicado el 08 de Agosto de 2018. INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN DE DECRETO ALCALDICIO N° 6.789, DE 2017

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE CAÑETE
Rango de LeyDecreto

INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN DE DECRETO ALCALDICIO N° 6.789, DE 2017

Núm. 11.683.- Cañete 23 de julio de 2018.

Vistos:

  1. - Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 4 de agosto de 2017, en que se acordó renovar la patente alcoholes de la señora Silvia Huilipán Candia, por el periodo 2017-2018, otorgándosele un plazo para regularizar su local hasta el 29 de diciembre de 2017.

  2. - Lo dispuesto en los artículos 23 y siguientes del decreto ley N° 3.063, de 1979, y artículos 3 y 5 de la Ley sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas aprobada por el artículo primero de la ley N° 19.925.

  3. - Oficio N° 360, de fecha 12 de enero de 2018, emitido por Contraloría Regional del Biobío, Unidad Jurídica que resuelve "La Municipalidad de Cañete no se ajustó a derecho al renovar la patente de alcoholes que indica, por cuanto no se cumplió con el requisito que establece el art. 26 del decreto con fuerza de ley N° 456, de 1975, del ministerio de Vivienda y Urbanismo".

  4. - Sentencia pronunciada por la Primera Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción en causa Rol N° 2.164-2018 que rechaza recurso de protección deducido por el abogado Javier Villa Esperguel a favor de Silvia del Carmen Huilipán Candia.

  5. - Decreto alcaldicio N° 6.789, de fecha 29 de agosto de 2017, que renovó la patente 4-29, ubicada en calle Villagrán N° 055 de esta ciudad, rubro alcoholes, depósito de bebidas alcohólicas, perteneciente a Silvia del Carmen Huilipán Candia, que autorizó y habilitó, previo pago de los derechos respectivos, a ejercer la actividad, hasta la próxima fecha de renovación de patentes de alcoholes.

  6. - La Sentencia de la Excma. Corte Suprema, de fecha 22 de mayo del año 2018, que resuelve el recurso de apelación, en el conocimiento de la acción de protección, por medio de la cual se confirma la sentencia apelada, pronunciada por la I. Corte de Apelaciones de Concepción.

    Considerando:

  7. - Que, con fecha 23 de enero del año en curso, ingresa vía Oficina de Partes Municipal, oficio N° 360, de fecha 12 de enero de 2018, firmado por don Ricardo Betancourt Solar, Contralor Regional del Biobío, en que se resuelve que "la mencionada municipalidad debió haber rechazado la solicitud de renovación de patente de la señora Huilipán Candia, por no cumplir con el precitado requisito, por ello dicha entidad edilicia deberá iniciar conforme lo previsto en el art. 53 de la ley N° 19.880, el procedimiento invalidatorio del acto por el cual le otorgó la...

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