Decreto núm. 115, publicado el 02 de Marzo de 2015. MODIFICA DECRETO Nº78, DE 2013, QUE APRUEBA LA POLÍTICA NACIONAL DE DESARROLLO URBANO Y CREA EL CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO URBANO, EN SENTIDO QUE INDICA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 559414854

Decreto núm. 115, publicado el 02 de Marzo de 2015. MODIFICA DECRETO Nº78, DE 2013, QUE APRUEBA LA POLÍTICA NACIONAL DE DESARROLLO URBANO Y CREA EL CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO URBANO, EN SENTIDO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO Nº78, DE 2013, QUE APRUEBA LA POLÍTICA NACIONAL DE DESARROLLO URBANO Y CREA EL CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO URBANO, EN SENTIDO QUE INDICA

Santiago, 11 de diciembre de 2014.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 115.- Vistos: Los artículos 24 y 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; los decretos supremos Nº 78, de 2013, y Nº 68, de 2014, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y la resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

Que, a través del DS Nº 78 (V. y U.), de 2013, se aprueba la Política Nacional de Desarrollo Urbano y se crea el Consejo Nacional de Desarrollo Urbano, cuya función es la de servir de instancia consultiva y asesora del Presidente de la República para la implementación de la Política Nacional de Desarrollo Urbano, regulándose para dichos efectos, la conformación del citado Consejo, sus tareas específicas y reglas generales.

Que el referido DS Nº 78 (V. y U.), de 2013, fue modificado por medio del DS Nº 68 (V. y U.), de 2014, a fin de incorporar al aludido Consejo, al Ministro de Bienes Nacionales, invitar al Presidente de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales de la Cámara de Diputados y al Presidente de la Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado, y con el objetivo de garantizar una adecuada participación en dicho Consejo, incorporar a la vez a dos representantes de Organizaciones Ciudadanas.

Que, en armonía con lo anterior, se ha estimado necesario aplicar la "Guía Metodológica para la Implementación de Mecanismos de Participación Ciudadana" promovida por este Gobierno para los Consejos de la Sociedad Civil, para regular la elección de los integrantes del Consejo Nacional de Desarrollo Urbano que actualmente son designados por el Presidente de la República, de manera que representen de forma más fidedigna a las organizaciones ciudadanas y a las facultades de arquitectura y urbanismo de las universidades del país.

Que, junto con ello considera pertinente establecer plazos de permanencia en el cargo de consejero, así como la facultad presidencial de poder poner término anticipado a la designación de los consejeros por parte del Presidente de la República.

Que, finalmente, el funcionamiento del Consejo ha hecho necesario que exista un sistema de financiamiento para el Presidente y el Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Desarrollo Urbano, dadas las importantes funciones que desempeñan. Del mismo modo...

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