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Decreto núm. 1141 EXENTO, publicado el 30 de Septiembre de 2017. REVOCA RECONOCIMIENTO OFICIAL Y ELIMINA DE REGISTRO DE INSTITUTOS PROFESIONALES A LA INSTITUCIÓN QUE SE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

REVOCA RECONOCIMIENTO OFICIAL Y ELIMINA DE REGISTRO DE INSTITUTOS PROFESIONALES A LA INSTITUCIÓN QUE SE INDICA

Núm. 1.141 exento.- Santiago, 26 de septiembre de 2017.

Considerando:

Que, el Instituto Profesional Chileno Norteamericano de la ciudad de Santiago, ha sido reconocido oficialmente en virtud de la Ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, mediante decreto exento Nº 2.429, de 2007, ampliado por decretos exentos Nº 1.143, de 2009, Nº 1.484, de 2010 y Nº 217, de 2016, todos de Educación e inscrito en el Registro correspondiente con el Nº 117;

Que, bajo el sistema de licenciamiento ante el Consejo Nacional de Educación, la institución obtuvo la aprobación para impartir la carrera profesional de Traducción Inglés Español, mediante decreto exento Nº 2.429, de 2007, ampliado por decreto exento Nº 1.143, de 2009; las carreras técnicas de nivel superior de Asistente Ejecutivo Bilingüe, mediante decreto exento Nº 1.484, de 2010, modificado por decreto exento Nº 217, de 2016 y la carrera profesional de Interpretación Inglés Español mención Comercio Internacional, mediante decreto exento Nº 217, de 2016, rectificado por decreto exento Nº 713, de 2017, todos de Educación;

Que, durante el tiempo que el Instituto Profesional Chileno Norteamericano ha estado en Licenciamiento ante el Consejo Nacional de Educación, sometió a consideración los proyectos para la creación de las siguientes carreras: Carrera de Traducción Inglés - Español, jornada diurna, Acuerdo Nº 024/2007 (complementado por el Acuerdo Nº 028/2007); carrera de Traducción Inglés - Español, jornada vespertina, Acuerdo Nº 047/2008; carrera de Administración en Comercio Internacional, jornada vespertina, Acuerdo Nº 054/2008; carrera Interpretariado Inglés - Español, jornada vespertina, Acuerdo Nº 055/2008; carrera de Administración de Empresas Turísticas, jornada diurna, Acuerdo Nº 024/2009; carrera de Técnico de Nivel Superior en Servicios Turísticos, jornada vespertina, Acuerdo Nº 025/2009; carrera de Administración en Comercio Internacional, jornada diurna, Acuerdo Nº 026/2009; carrera de Asistente Ejecutivo Bilingüe Inglés - Español, jornada diurna, Acuerdo Nº 046/2010; carrera de Asistente Ejecutivo Bilingüe Inglés - Español, jornada vespertina, Acuerdo Nº 047/2010;

Que, en sesión ordinaria de 26 de noviembre de 2014, con arreglo a las disposiciones del DFL Nº 2, de 2009, de Educación, que Fija Texto Refundido, Coordinado, Sistematizado de la Ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº 1, de 2005, el Consejo Nacional de Educación a través del Acuerdo Nº 075/2014, decidió no certificar la autonomía del Instituto Profesional Instituto Profesional Chileno Norteamericano y ampliar el período de licenciamiento por un plazo de tres años;

Que, Instituto Profesional Chileno Norteamericano interpuso un recurso en contra del Acuerdo Nº 075/2014, del Consejo, a través del cual solicitó se reconsiderara el período de prórroga de licenciamiento, reduciéndolo a 18 meses, o al que el Consejo considerara adecuado. Subsidiariamente, solicitó que el Consejo suspendiera su decisión respecto del recurso de reposición presentado y lo resolviera conjuntamente con la evaluación de acciones reiteradas y nuevas que dispuso en el Acuerdo Nº 075/2014, para ser cumplidas, a más tardar, el 25 de mayo de 2015;

Que, en sesión ordinaria de 1 de abril de 2015, el Consejo Nacional de Educación analizó el referido recurso, y adoptó el Acuerdo Nº 025/2015, mediante el cual resolvió mantener su decisión de no certificar la autonomía del Instituto y no modificar el plazo de prórroga de licenciamiento establecido en el Acuerdo Nº 075/2014...

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